Los cambios que anunció la directora general de Escuelas, María Inés Abrile de Vollmer, para mejorar la calidad educativa en el nivel primario, ya fueron refrendados a través de la resolución Nº 681, publicada el 25 de abril en el Boletín Oficial.
En el escrito, firmado por la titular de la cartera de Educación se describen las características del régimen académico del nivel primario, así como los lineamientos que deben seguir directivos, docentes y alumnos, en las distintas instancias de aprendiza.
La resolución establece que el trimestre es una unidad de planeamiento y evaluación institucional y de la enseñanza, teniendo como base el seguimiento y análisis de las trayectorias escolares de los alumnos en cada curso y en cada espacio curricular.
El decreto estipula que el sistema de evaluación debe ser conocido por los niños.
También estipula que cada escuela, en base a criterios definidos por el gobierno escolar,
desarrollará un sistema de información y seguimiento cuya unidad de análisis serán las trayectorias escolares reales de los alumnos a fin de poder conocerlas y comprenderlas para desarrollar estrategias adecuadas que generen mayores y mejores aprendizajes.
Te presentamos una pequeña guía para que sepas cómo evaluarán a los alumnos que asisten al nivel primario.
* Se debe evaluar sólo lo que se ha enseñado. Es necesario que exista correspondencia o adecuación entre la evaluación y la enseñanza, tanto en lo relativo al contenido como al modo de abordarlo.
* Es necesario explicitar los criterios de evaluación, que deben ser públicos y conocidos de antemano por los alumnos.
* No son válidas las bajas calificaciones por motivos disciplinarios. Éstos están regulados por normas específicas.
Se realizará una evaluacion integradora trimestral.
* En el transcurso de cada ciclo lectivo, se elaborarán por espacio curricular, 3 (tres) informes, 1 (uno) por trimestre.
* El docente deberá dejar constancia, en un registro de seguimiento, de las valoraciones que va realizando en cada espacio curricular. Las mismas, serán expresadas en calificación numérica, de 1 a 10 sin centésimos, con descripciones que orienten respecto del avance de los aprendizajes de los alumnos.
* Este registro de seguimiento, deberá estar a disposición de las autoridades escolares, de los alumnos, de los padres y/o responsables, para las consultas que consideren pertinentes.
* Se realizará una evaluación integradora trimestral obligatoria. No necesariamente es sinónimo de examen tradicional, se pueden utilizar instrumentos como proyectos, pruebas de desempeño, trabajos prácticos individuales o grupales, entre otros.
* Si por alguna causa el alumno no hubiere sido evaluado en la instancia integradora, deberá tener oportunidad inmediata de rendir la evaluación correspondiente antes de emitir la calificación final del trimestre.
* Su valoración se realizará con calificación numérica de 1 a 10 sin centésimos.
* La evaluación integradora trimestral no se aplica en el primer ciclo del nivel primario.
* En 4° y 5° grados se aplica en Lengua, Matemática, Ciencias Sociales y Ciencias Naturales.
* En 6° y 7° grados se implementa en todos los espacios curriculares.
La calificación trimestral se comunicará a través de la libreta de calificaciones.
* La calificación final trimestral de cada espacio curricular, en el segundo ciclo, resultará del promedio de todas las calificaciones del proceso desarrollado, incluida la de la evaluación integradora trimestral. Se expresará con una escala numérica con valores de 1 a 10 con redondeo a 50 centésimos o al entero siguiente.
* La calificación final trimestral por cada espacio curricular será comunicada a los alumnos y padres a través de la Libreta de Calificaciones Oficial.
* Si por alguna causa el alumno, no obtuviese calificación en algún trimestre deberá rendir un
examen sobre los saberes fundamentales correspondientes a dicho trimestre no calificado.
* La acreditación será anual. Se logrará en cada espacio curricular cuando la calificación final sea 7 (siete) o más, expresada con centésimos.
* El alumno que obtenga una calificación final inferior a 7 (siete) en cualquier espacio curricular promocional, deberá ser evaluado en los períodos complementarios de diciembre. En esta instancia se examinarán prioritariamente aquellos saberes planificados y enseñados durante el año escolar.
* Las instituciones educativas ofrecerán instancias de apoyo y recuperación de aprendizajes para los alumnos cuyas dificultades persistan durante el último mes del último trimestre.
* En algunos casos, las dificultades podrán ser resueltas con apoyo y estrategias diferenciadas en el aula. En otros, requerirán de acciones que impliquen tiempos complementarios y quizás otros docentes, fuera del horario escolar. Para ello podrán disponer de horas de jornada extendida, maestros recuperadores, docentes de extraedad, si los hubiere en la escuela.
Habrá estrategias de apoyo para los que no aprueben.
* Los alumnos, de 1ro a 6to.grado que no obtengan, en el período complementario de diciembre, una calificación de 7 (siete) o más, participarán del período compensatorio de marzo. * Los alumnos de 7mo. Grado rendirán examen complementario en febrero, previo período de apoyo organizado por la escuela.
* Serán promovidos al grado inmediato superior, los alumnos que hayan acreditado todos los espacios curriculares promocionales.
* Serán considerados espacios promocionales: Matemática y Lengua en 1er. Grado del Nivel Primario; Matemática, Lengua y Conocimiento del Ambiente en 2do y 3er grado del nivel primario; Matemática, Lengua, Ciencias Sociales y Ciencias Naturales) en 4º, 5º, grados y todos los espacios curriculares en 6° y 7° grados.
Ayuda a estudiantes
El decreto también arbitra las medidas para ayudar a los estudiantes que todavía no ingresan a la educación obligatoria, mantienen una escolaridad de baja intensidad, ingresan tardíamente, permanecen en la escuela repitiendo uno o algunos años/grados y aquellos que tienen abandonos temporales o inasistencias reiteradas.
También se pondrán en marcha líneas de acción para quienes tienen espacios curriculares pendientes de aprobación, asisten a la escuela pero adquieren aprendizajes de baja relevancia, los que abandonan sin terminar la escolaridad obligatoria y los que aquellos que reingresan después de haber abandonado.