La Cámara Federal porteña confirmó el rechazo de un planteo de la defensa oficial en la causa por el atentado contra la AMIA y sostuvo que las objeciones sobre la estructura de la organización investigada, la participación de los acusados y la naturaleza de las conductas atribuidas deberán ser analizadas durante las etapas posteriores del proceso.
La decisión fue adoptada por la Sala I integrada por los magistrados Pablo Yadarola y Mariano Llorens, en el expediente en manos del juez Daniel Rafecas, a partir de una apelación presentada por el defensor oficial Hernan Silva, quien se opuso a la resolución que había rechazado “in limine” una excepción de falta de acción.
El planteo de la defensa hacía mención a dos hechos incluidos por el fiscal Sebastián Basso en su pedido de procesamiento. Según la presentación, en uno de ellos se atribuía a integrantes del gobierno iraní el patrocinio de Hezbollah y, en el otro, se imputaba a personas que residían en la zona de la Triple Frontera haber integrado o colaborado con esa organización.
Silva cuestionó que el “patrocinio” fuera un verbo típico contemplado por la norma y objetó la aplicación de la agravante relacionada con la discriminación.
Sin embargo, Llorens y Yadarola entendieron que esa discusión no podía resolverse mediante una excepción de falta de acción y explicaron que esa herramienta solamente permite analizar una eventual atipicidad cuando surge de manera manifiesta de la propia descripción del hecho, sin necesidad de valorar pruebas ni resolver controversias sobre su alcance.
A criterio de la cámara, la defensa pretendía discutir cuestiones que excedían ese análisis. Para determinar las características de la organización investigada, su finalidad, la actividad que desarrollaba, la posición que ocupaba cada imputado y la motivación de los hechos atribuidos, era necesario ingresar en el análisis de los hechos y de los elementos que los sustentan.
La investigación principal tiene como acusados a ocho ciudadanos iraníes y libaneses que fueron procesados en septiembre por Rafecas por sus presuntas participaciones en la planificación y ejecución del atentado del 18 de julio de 1994.
Entre ellos están Alí Fallahijan, exministro de Inteligencia de Irán; Alí Velayati, exministro de Relaciones Exteriores; Mohsen Rezai, excomandante de la Guardia Revolucionaria; y Ahmad Vahidi, entonces responsable de la Fuerza Al Quds. Según el procesamiento de Rafecas, los cuatro fueron considerados autores mediatos por el papel que habrían desempeñado desde las estructuras superiores del Estado iraní.
También fueron procesados como cómplices necesarios Hadi Soleimanpour, quien era embajador de Irán en la Argentina; Mohsen Rabbani, entonces consejero cultural de la embajada iraní en Buenos Aires; y Ahmad Reza Asghari, tercer secretario de la representación diplomática y señalado como agente de inteligencia. A ellos se suma Salman Raouf Salman, ciudadano libanés identificado también como Samuel El Reda e integrante de Hezbollah, a quien Rafecas atribuyó la coordinación operativa de la etapa final del atentado.
La investigación judicial reconstruida por Rafecas ubica a Rabbani como una figura central de la estructura que operó en la Argentina. Según esa reconstrucción, recopiló información sobre posibles objetivos y mantuvo contactos con la estructura iraní. Asghari, por su parte, habría funcionado como enlace entre la representación diplomática en Buenos Aires y el aparato de inteligencia iraní. Salman quedó señalado como uno de los responsables de la coordinación de la operación en territorio argentino.
La causa también incluyó a Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar, pero Rafecas dictó falta de mérito respecto de ambos. La resolución tampoco avanzó sobre la situación procesal de Alí Khamenei, Imad Mughniyeh y Alí Hussein Abdallah, debido al fallecimiento de esas personas.
El atentado contra la AMIA ocurrió el 18 de julio de 1994 y provocó 85 muertes y más de 150 heridos. La reconstrucción judicial sostiene que el ataque fue el resultado de una operación internacional en la que intervinieron estructuras del Estado iraní y Hezbollah. Esa hipótesis es la que actualmente sustenta los procesamientos y el avance hacia un juicio en ausencia.