En septiembre de 2014, el concejal Marcos García denunció que Amado Boudou asentó un domicilio en una playa de San Bernardo. La acusación se hizo en una unidad fiscal de Mar del Tuyú. Desde entonces, el fiscal del caso Orlando Giménez no logró que el denunciante ratifique la denuncia y la causa se cayó.
De todos modos, la desestimación de la investigación no sólo se basa en la ausencia de la ratificación del denunciante. Según revela hoy Infobae, hay una parte insólita: el fiscal dijo que como el documento presentado en la denuncia era una fotocopia impresa de una página web, no era un documento público "ideológicamente falso".
En otras palabras, el fiscal no pidió la documentación resguardada en el Registro Nacional de las Personas que aparece volcada en el DNI para corroborar que lo que se veía en la fotocopia fuera cierto. Asimismo, otro argumento para cerrar el caso que esgrimió Giménez es que el DNI está destinado a acreditar la identidad de las personas, no el domicilio.
Ante esto, el juez de la causa, Alejo Ramos Padilla, integrante de Justicia Legítima, sin impulso fiscal, cerró la causa.
Al mismo tiempo, para el juez, la desestimación por inexistencia de delito estuvo bien fundamentada y en agosto de 2015, cuando Boudou todavía era el vicepresidente de la Nación, el caso quedó archivado.
El caso del domicilio en la playa está cerrado, en cambio el del domicilio falso en la calle Zado está abierto. Y por eso el juez Ariel Lijo citó al ex vicepresidente de la Nación a indagatoria para el 24 de mayo próximo.