Flor K puede usar el Tango para ir a un cumple

La Justicia archivó la causa por malversación de caudales públicos: no se extralimitó cuando viajó al cumpleaños de una amiga en Río Gallegos.

El juez federal Daniel Rafecas archivó la causa en la que investigaba por presunta malversación de caudales públicos a los funcionarios del Gobierno que autorizaron que Florencia Kirchner, la hija de la Presidenta, utilizara un avión oficial para un viaje privado a Santa Cruz.

El viernes 9 de abril de 2010, el Tango 10 voló a Río Gallegos con dos pasajeros, Florencia Kirchner y su custodio. Según informaron entonces medios periodísticos, la joven viajó por el fin de semana para asistir al cumpleaños de una amiga. Sus padres estaban entonces en el exterior. El avión, un Learjet 60, la dejó en Santa Cruz y regresó a Buenos Aires, para volver a buscarla el lunes siguiente.

Ese mismo año se inició, por estos hechos, una investigación judicial por el presunto delito de "malversación de caudales públicos", que el miércoles pasado fue archivada por Rafecas. Según informaron a LA NACION fuentes judiciales, en la fiscalía de Carlos Stornelli preparaban ayer un recurso de apelación para reabrir el caso.

"Efectuar el traslado aéreo de los familiares directos de la presidente de la Nación y/o de funcionarios del Poder Ejecutivo de la Nación, en una aeronave de la Fuerza Aérea Argentina, que es lo que ocurrió en este caso concreto, o de cualquier otro avión de la flota presidencial -afirmó Rafecas-, está dentro de las competencias propias de la Agrupación Aérea de la Casa Militar (...) por lo que no se evidencia que haya existido extralimitación legal alguna por parte de las autoridades del Poder Ejecutivo Nacional."

Según el juez, el Tango 10 se utilizó para la realización de vuelos "que se encuentran amparados en el decreto 648/04 y sus modificaciones" porque se trasladó "a un familiar directo del señor presidente de la Nación".

Ese decreto dice que es responsabilidad primaria de la Casa Militar "planificar, ejecutar y supervisar las acciones de seguridad, coordinando los requerimientos de inteligencia y contrainteligencia necesarios para preservar en forma permanente la integridad física del señor presidente de la Nación y sus familiares
directos".

Prevé también que la Casa Militar se ocupará de "los traslados aéreos del señor presidente de la Nación y los que expresamente se ordene para los integrantes del Poder Ejecutivo Nacional y personalidades nacionales y extranjeras, dentro y fuera del territorio nacional".

Con fundamento en este decreto, el juez entendió que "la realización de los vuelos identificados en la presente causa" quedan "fuera de cualquier reproche penal en el que se quiera enmarcarlos".