Luego que el juez Horacio Alfonso, del Primer Juzgado en lo Civil y Comercial, declarara la constitucionalidad de los artículos 45 y 161 de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, el Grupo Clarín emitió un comunicado donde afirma que el fallo no considera las “violaciones a los derechos constitucionales de libertad de expresión”. Además, aseguró que apelará la sentencia inmediatamente.
Primeramente, el multimedio informa que fue notificado de la decisión judicial, agregando una crítica al juez: "Hace instantes, y a pesar de que el expediente aún no estaba en condiciones de dictar sentencia, el Grupo Clarín fue notificado de que el juez Horacio Alfonso se pronunció a favor de la constitucionalidad de los artículos impugnados de la ley de medios.
En el segundo párrafo, afirma que presentará una apelación, invocando el derecho a la libertad de expresión:
“El Grupo Clarín apelará de inmediato la decisión, que desconoce flagrantes violaciones a los derechos constitucionales de libertad de expresión, igualdad ante la ley, legalidad, propiedad y libre competencia”.
El tercer párrafo refiere a las falencias que presentaría la decisión: “El fallo además ignora contundentes elementos probatorios aportados a lo largo de más de 3000 fojas en el expediente, entre ellos las pericias oficiales que respaldaron claramente la posición del Grupo Clarín”.
En el cuarto, hace una feroz crítica a la velocidad con la que el juez dictó la constitucionalidad, dejando incluso sembrada la duda: “Resulta llamativo, por no decir materialmente imposible, que una causa de tanta complejidad haya sido resuelta en pocas horas, sin siquiera respetar los plazos procesales, que recién el martes próximo hubieran dejado al expediente en condiciones de dictar sentencia. Con lo cual se ha violado además la garantía del debido proceso”.
Finalmente, el multimedio relativiza los efectos del fallo: "Cabe destacar asimismo que el fallo conocido hoy no permite ningún avance del Gobierno sobre las licencias del Grupo Clarín, ya que el levantamiento de la cautelar dictado por Alfonso no resulta efectivo hasta que se pronuncie la Cámara Federal Civil y Comercial".
"Con lo cual la medida cautelar dictada en el proceso sigue plenamente vigente".
"Inmediato levantamiento de toda medida cautelar"
En cuanto al texto del fallo del juez Alfonso, aquí reproducimos los tres primeros puntos de la sentencia final: “Por las consideraciones vertidas y fundamentos concordantes expuestos por el Sr. Fiscal Federal en su dictamen de fs. 3178/3203, FALLO:
1) Rechazando la excepción de falta de legitimidad activa opuesta por la demandada Estado Nacional –Jefatura de Gobierno-.
2) Rechazando la acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por Grupo Clarín SA, Arte Radiotelevisivo Argentino SA, Cablevisión SA, Multicanal SA, Radio Mitre SA y Teledigital Cable SA.
3) Ordenando como consecuencia de lo aquí decidido, y en virtud de las circunstancias configuradas, el inmediato levantamiento de toda medida cautelar dictada en el presente proceso”.