El maestro de grado de escuela primaria, una vez más, se verá perjudicado por el vapuleo de los acuerdos de la dirigencia política y gremial. En este caso, se ha echado mano a la carrera del Maestro de escuela Primaria.
En paritarias, SUTE y Gobierno decidieron no respetar las condiciones para ascender en la carrera docente de EGB1 y 2, beneficiando a unos pocos en perjuicio de los méritos y derechos de todos.
Se ha acordado en paritarias que serán otorgados para el próximo ciclo lectivo cargos de Secretariado en escuelas de EGB1 y 2 sólo a docentes que estén en cambio de funciones. Cabe preguntarse si se tendrá en cuenta para esos cargos sólo a los docentes en cambio de funciones, que además cumplan con la incumbencia de título, puesto que en cambio de funciones hay docentes de educación física, música, plástica, etc. que no entrarían en el tramo del escalafón.
Aún si se respetara la incumbencia de títulos, los docentes mendocinos sanos, aptos, nos sentimos perjudicados y discriminados con las decisiones de nuestro sindicato en paritarias, puesto que en esa ocasión ha acordado fuera del marco legal, el beneficio de la movilidad de un sector ya protegido por el gremio en su momento, pues les ha hecho respetar el ser indemnizado si el cambio fue por cuerdas vocales, mantener las horas de su cargo (15 horas) en el caso de los cargos de especialidades, seguir percibiendo el ítems Estado Docente -aún no desempeñándose frente a alumnos-, elegir la escuela donde desempeñarse como auxiliar de dirección, elegir escuelas de mayor porcentaje de zona donde desempeñarse -aumentando así sus ingresos-, no permitir darles tareas de grandes exigencias si el cambio era por psiquiatría, advertirles a los compañeros directivos de las escuelas -donde prestan funciones de auxiliar de dirección- que no pueden hacerse cargo de alumnos, por estar en cambio de funciones…
Y, ahora, paradójicamente se les otorgará un beneficio al que si accedieran no podrían cumplir. Puesto que entre las obligaciones de la jerarquía se encuentra la atención de alumnos cuando el maestro se encuentra ausente.
Todo lo antes dicho está respaldado en la Ley 4934 Estatuto del Docente, léase el Capítulo VII de Ingreso a la docencia, el Cap.XII de Ascensos y la Resolución Nº 38 –T 51 de los Deberes del personal jerárquico, que insto a la Dirigencia a releerlas por si olvidaron lo que dice y a las maestras para que aprendan a reclamar por sus derechos antes de que sea demasiado tarde.
Para quienes desconocen, la provincia nunca creo cargos de secretariados en nivel primario y si lo hizo son unos pocos, que sobran los dedos de las manos para contarlos.
También para quienes desconocen, los cargos de secretarios son el primer peldaño en el ascenso de la carrera docente, por lo que la movilidad era imposible, ya que por más que se tabularon miles de docentes en condiciones de acceder a ellos por contar con los siete años de titularidad frente al grado y sus antecedentes meritorios en pos de los educandos, nunca se crearon ni ofrecieron los cargos.
Para quienes desconocen, el secretario pasará a ser personal jerárquico, cobrará su diferencia de sueldo, concursará antes que cualquier maestro de grado con antigüedad, los concursos internos en las escuelas, de ascenso a los cargos de director-maestro, vicedirector y director.
Los maestros en funciones frente al grado, tenemos derecho a la movilidad, porque cumplimos con los requisitos de ingreso…poseer capacidad física, psíquica, buena salud y tenemos la incumbencia de título para movernos dentro del escalafón y hemos adquirido derecho a la movilidad desde el momento de titularizar e ingresar a la docencia.
Los cargos deben ser ofrecidos a todos los que deseen perfeccionarse y concursarlos.
¿Por qué se nos excluye, se nos priva del derecho a los que no tenemos cambio de funciones?
Se nos responde ante el pedido de explicaciones al SUTE, que “será reevaluada la aptitud psíquica y física de quienes estén en cambio de funciones y sólo realizarán el curso quienes estén aptos”. Pues si están en condiciones psíquicas y físicas, entonces ¡que vuelvan al grado!
Otra respuesta del gremio es, que “lo acordado en paritaria tiene fuerza de ley” , y nos preguntamos: ¿Qué salió a acordar el gremio cuando, supuestamente, tiene como primer mandato defender los derechos de los trabajadores y no ir en contra de los derechos expresados en la Ley Estatuto del Docente?
O debemos pensar que van a paritarias sin leer las leyes e ignorando nuestros derechos.
Es más, el sindicato pregona hacer conocer y defender a sus delegados escolares en las jornadas de capacitación gremial, la Ley Estatuto del docente y después la misma dirigencia la echa por tierra. Esto es absurdo!
Señores dirigentes del SUTE, de hoy y los que en su momento nos representaron, veremos ante la justicia si se ha cumplido con el primer mandato dado por los maestros de grado: representarnos ante la patronal acordando a favor, no en desmedro de nuestra movilidad y derechos adquiridos al tomar el cargo.
No podemos concebir que un acuerdo paritario tenga fuerza de ley dispuesto en contra de una ley, que por mandato (al asumir como dirigentes) se les encomienda defender: el Estatuto Docente.
Señores dirigentes del SUTE queremos explicaciones, no respuestas arbitrarias.
No aceptamos como respuesta que se lleva a paritaria lo votado en plenario, puesto que no corresponde a los dirigentes gremiales proponer ni propiciar acciones que vayan en desmedro de los derechos adquiridos por los trabajadores.
Los maestros de grado mendocinos queremos que se de marcha atrás con este acuerdo paritario por estar fuera del marco legal. Como así mismo, que se nos garantice la igualdad de oportunidades permitiendo que quienes estamos frente al grado también tengamos acceso a la capacitación para ser Secretario y se concursen los cargos por oposición de méritos.