Tras la prohibición para comprar dólares para ahorro establecida por el Banco Central, la AFIP modificó el formulario para la solicitud de divisas y ahora sólo permite la adquisición para destinarlas a viajes al exterior.
El sistema vía web implementado por el organismo recaudador fue modificado tras la circular de la autoridad monetaria que restringió mas la compra de dólares.
De esta manera, el formulario destinado a viajes es el único que quedó vigente en el sitio de la AFIP, con lo que prácticamente es imposible acceder a un dólar sino es con ese fin específico.
En la circular difundida la semana pasada, el Banco Central decidió "suspender" el sistema que habilitaba la compra de dólares, con un monto total de 2 millones de esa moneda por mes.
Por su parte, la AFIP ya había excluido hacía un mes de su página web la opción de compra de moneda extranjera con fines de atesoramiento.
Pocos días después, el organismo admitió las consultas con ese fin (para evitar el avance de juicios), aunque las dejó "pendientes" desde entonces, con lo que la prohibición estaba vigente en la realidad.
Por otra parte, el Central dispuso que desde noviembre tampoco estará vigente la posibilidad de comprar dólares para la adquisición de propiedades, que de esta manera deberán ser negociadas en pesos.
Castigos
Migraciones, la AFIP y el Banco Central se encargaron de terminar con una de las últimas avivadas que les quedaban a los que buscaban conseguir dólares como fuera, el de inventar viajes falsos. Aquellos que mientan en el formulario que obliga a completar la agencia impositiva a los viajeros que pretenden comprar dólares a precio oficial podrán ser inhabilitados para operar en el mercado cambiario por tiempo indeterminado.
La comunicación A 5318 del Banco Central, publicada la semana pasada, oficializó la prohibición a la compra de divisas para atesoramiento, algo que de hecho ya estaba siendo impuesto por la AFIP a través de sus cuestionamientos al origen de los fondos utilizados para la operación, informa hoy el diario El Cronista.com
Entre las pocas vías de entrada al mercado cambiario que dejó la nueva normativa de la entidad conducida por Mercedes Marcó del Pont está la de compra de divisas para viajar al exterior. Para esa eventualidad, la AFIP permite adquirir divisas –aunque limita el monto– luego de llenar un formulario en el que se detalla vía de entrada y salida del país, tiempo de duración del viaje, destino y otros ítems.
El formulario fue utilizado por muchos para inventar viajes falsos y, de esa manera, acceder a comprar dólares sin moverse de sus casas. Pero la inclusión de la Dirección Nacional de Migraciones al proceso de control terminó con esa maniobra.
Las bases de datos de esa dependencia registran las salidas y entradas al país, en todos los aeropuertos y cruces fronterizos.
Ahora, según la nueva normativa del Central, en caso de que un viaje no se concrete los contribuyentes deberán reintegrar los dólares adquiridos en un plazo de no más de 5 días, o atenerse a las penas que fija la Ley Penal Tributaria.
Esa ley establece que el infractor podrá ser obligado a pagar una multa de hasta diez veces el monto de la operación con la que se cometió la infracción, o incluso prisión de uno a cuatro años en caso de reincidencia.
Según fuentes de la AFIP, cualquier infracción a esta normativa será penada, además, con la inhabilitación por tiempo indeterminado para comprar divisas, cualquiera sea el fin para el que se las necesite.
Fuente: NA y El Cronista.com