La AFIP da más información, pero no abre el cepo al dólar

En las últimas horas la AFIP incorporó a su página web una serie de “instructivos” que en definitiva no solucionan ninguna inquietud. Simplemente “ordena” los pedidos según los diferentes destinios que se les quiera da a los dólares.

Desde que dejó de responder “con inconsistencias”, la AFIP admite todo tipo de pedidos de compra de dólares, pero los deja en lista de espera y no emite respuesta. Todo queda en un limbo que le permite al organismo recaudador amortigar los requerimientos de los jueces, que reciben pedidos de amparos de contribuyentes que no pueden acceder al dólar al tipo de cambio oficial.

En las últimas horas la AFIP incorporó a su página web una serie de “instructivos” que en definitiva no solucionan ninguna inquietud. Simplemente “ordena” los pedidos según los diferentes destinios que se les quiera da a los dólares. Así, para las operaciones que tienen como destino el simpel “atesoramiento” llevan el código 856 y las inversiones inmobiliarias en el exterior el 859. En este punto hay una curiosidad: no contempla el caso de compras de inmuebles dentro del país. Pareciera que para la AFIP esas operaciones solo se realizan en pesos, y por eso no hay necesidad de acceder al mercado cambiario.

En lo que parece una burla a los que consultan, la AFIP insiste en que se hace una “evaluación sistémica en tiempo real” para determinar si la persona o empresa interesada en acceder a los dólares está en condiciones de hacerlo.

En los hechos, la AFIP cerró cas por completo la posibilidad de comprar dólares a principios de mayo. Desde entonces, casi no se autorizan operaciones.

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