La ANMAT prohibió la venta de una bebida

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de dos productos alimentarios por irregularidades.

La Disposición 5067/2017, prohibió la venta del "Suplemento dietario a base de café verde, té verde y goji, marca Súper Goji, elaborado por: TSA, RNE N° 21-068505".

La autoridad regulatoria explicó que "el fruto de Goji no está contemplado por el Código Alimentario Argentino (CAA)", por lo que también prohibió "todo suplemento dietario que como parte de su composición contenga" ese fruto.

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Además en la Disposición 5062/2017 prohibió la comercialización del producto denominado "Bebida sin alcohol de extractos vegetales, marca: FAGUS 100% natural, cont. neto 500cc, RPPA 190036701, RPE 1900432, elaborado por Fagus, Productos Regionales Tucumán".

"Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser fraccionado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República"


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