Guaymallén prohibió las domas y jineteadas

La ordenanza aprobada también considera ilegales las carreras de galgos y las riñas de gallos. Prevé fuertes multas para los infractores.

Foto: Alf Ponce / MDZ
Foto: Alf Ponce / MDZ

Guaymallén aprobó una ordenanza que prohíbe en el ámbito de esa comuna la organización, realización, práctica, explotación y promoción de riñas o peleas de gallos, perros o de otros animales. También desde ahora será ilegal en ese departamento la realización de domas y jineteadas, cuyas multas serán equivalentes a las establecidas para las carreras de perros.

Los promotores de la iniciativa (el bloque de la UCR) basó su iniciativa en aspectos claves de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales. Esta establece que "todo animal tiene derecho al respeto", que "el hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos", que "los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre", que "ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre" y que "las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal".

A nivel nacional ya se han reconocido derechos a los animales a través de la prohibición de carreras de galgos, y otros tipos de espectáculos que resultan perjudiciales para la salud de los animales involucrados en ese tipo de eventos.

En los argumentos del proyecto se resalta que hay pruebas contundentes del sufrimiento de estos animales por motivo de la alta exigencia competitiva a que son sometidos, que se refleja en la baja expectativa de vida dado que alrededor de los tres años son desechados, abandonados o eliminados; en daños físicos como fracturas, deformaciones, heridos al borde de la muerte y hasta expuestos a dopajes con drogas peligrosas como estricnina, arsénico, cocaína, estimulantes cardíacos, efedrina, anabólicos o broncodilatadores.

Los animales utilizados en distintos eventos suelen ser castigados y estimulados con descargas eléctricas, pasan la mayor parte del tiempo en jaulas y sólo se les permite salir para entrenar o competir.

Las multas

Serán sancionados con multas de hasta 5.000 unidades tributarias (equivalente a $11.000) los que realicen, practiquen, exploten o promuevan riñas o peleas de gallos, perros o cualquier otro animal. Igual sanción le corresponderá al dueño o tenedor del animal que consienta estas conductas. La sanción se duplicará si algunas de las acciones señaladas fueran realizadas por dinero o con fines de lucro. 

En tanto que serán sancionados con una multa de hasta 8.500 unidades tributarias quienes realicen, practiquen, exploten o promuevan riñas o peleas de cualquier animal, en las que ejercieran actos de crueldad, maltratos o se administraren estimulantes, drogas o sustancias similares prohibidas, o que, sin estas, afecten la integridad física y/o sanitarias de los animales. Igual sanción corresponderá al dueño o tenedor del animal que lo avale.