La Suprema Corte de Justicia anuló el fallo por el cual se absolvió el año pasado a Mariano Luque en la causa por la desaparición de Soledad Olivera en 2011.
El máximo tribunal, con las firmas de los jueces Mario Adaro, Herman Salvini y Omar Palermo, dejó sin efecto la sentencia de la Segunda Cámara del Crimen, que en septiembre del año pasado había librado de culpa al único imputado por el beneficio de la duda.
La revisión del fallo había sido solicitada por la secretaría de Derechos Humanos y el Ministerio Público.
El fallo de la Suprema Corte
Sentencia Luque Ruarte from cravanzini
Las tres claves del fallo absolutorio
En su sentencia de septiembre de 2015, los jueces Mateo Bermejo, Arlington Roberto Uliarte y José Valerio echaron por tierra la hipótesis de homicidio simple presentada por el querellante, Fernando Peñaloza; confirmaron que Soledad fue víctima de privación ilegítima de la libertad aunque, en ese orden, desvincularon a Luque.
Los magistrados resolvieron, entonces, que no hubo ningún elemento que probara la vinculación de Luque con la desaparición de Soledad.
El caso
Soledad fue vista por última vez el 18 de noviembre de 2011 en Lavalle, cuando tenía 28 años. De acuerdo con el testimonio de sus hermanas, la joven salió de su casa con lo puesto hasta la finca de Luis Curallanca, padrastro de Luque.
Más tarde, la investigación arrojó que Luque había intercambiado más de 100 mensajes de texto con Soledad el mismo día de su desaparición. Tiempo después, el fiscal Santiago Garay lo imputó por privación ilegítima de la libertad.
Durante el juicio, una de las hermanas confesó que Soledad le había manifestado que estaba embarazada de Luque, quien finalmente fue absuelto en la causa.