Impulsan ley para evitar estafas en terrenos

Un proyecto que está siendo analizado en la Legislatura pretende incluir a los medios de comunicación para evitar estafas.

Ante el avance de las denuncias por estafas cometidas por los vendedores de loteos privados residenciales, en la Legislatura se está analizando un proyecto para incluir en el sistema de multas prevista por la Ley de Loteos a los medios de comunicación y publicidad que promocionen este tipo de emprendimientos.

Esta iniciativa, impulsada por el diputado Luis Francisco (FPV) y que está siendo analizada en la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) de la Cámara Baja, prevé la inclusión en la Ley de Loteos (Ley Provincial 4341) la inclusión del artículo 10 bis en el cual se establecería que "no podrán efectuarse propagandas y/o publicidades relacionados con emprendimientos de loteos o fraccionamientos, aún cuando se haga bajo la forma de conjuntos inmobiliarios, sin la debida autorización del Consejo de Loteos".

A su vez, el mismo artículo añade que dicho Consejo "emitirá una resolución a tal efecto previo cumplimiento de los requisitos establecidos por el artículo 10, y copias certificadas para ser presentadas a los medios de comunicación televisivos, radiales, gráficos y/o audiovisuales, en cualquier soporte donde se publiquen".

También se deja en claro que los medios deberán dejar en constancia, dentro de la publicidad, el número de resolución y un número telefónico de la autoridad de aplicación.

Francisco explicó a MDZ que este proyecto surgió tras su participación en el conflicto entre el Sindicato del Personal de Apoyo Académico de la Universidad Nacional de Cuyo (SPUNC) y las cientos de familias que adquirieron un lote para viviendas en los proyectos inmobiliarios de ese gremio, donde hubo numerosas acusaciones de estafas.

"La misma situación se ha repetido en numerosas oportunidades, y con esta iniciativa tratamos de achicar las probabilidades de que se cometa la estafa a través de la colocación de un cartel y vender sin cumplir las condiciones que establece la ley", añadió.

En caso de que el medio de comunicación no cumpla con lo establecido, el proyecto prevé (una modificación al artículo 12) que el infractor "sea reprimido con una multa de 450.000 pesos a 4.500.000 pesos". Incluso se dejará constancia de que "el Poder Ejecutivo actualizará las multas establecidas del artículo 11, 12 y 13 una vez por año conforme la Ley Impositiva, las que podrán ser duplicadas en caso de reincidencia".