Los ecos de la muerte de María Paula Giglio, no dejan de resonar y llegaron a recalar en los medios nacionales. Al mismo tiempo, impulsaron un inesperado debate referido a la eventual imputabilidad —o no— de Ezequiel Palleres, asesino de la productora periodística.
El centro de la cuestión está referido a las alteraciones mentales que sufre el asesino y que podrían servir de atenuante a nivel judicial.
Ello impulsa en estas horas una pregunta incómoda, pero necesaria: ¿Son imputables aquellas personas que cometen algún delito y al mismo tiempo sufren algún desorden mental?
La respuesta aparece en el texto de la Ley 26.657, sancionada el 25 de noviembre del 2010 y reglamentada en 2013 (ver texto completo al pie). Allí se garantiza el acceso a la justicia a personas con situación de vulnerabilidad y a tener un proceso judicial si ocurre algún hecho a causa de su situación mental. Además, pide la el cierre definitivo de los neuropsiquiáticos antes de 2020.
Salud mental es, en términos generales, el estado de equilibrio entre una persona y su entorno socio-cultural que garantiza su participación laboral, intelectual y de relaciones para alcanzar un bienestar y calidad de vida.
La legislación sancionada, es una de las leyes, más debatidas por el espectro. En su momento se dijo que no tardó tres años en ser reglamentada por el negocio de los neuropsiquiátricos, pero finalmente y bajo la presión de decenas de organizaciones –entre ellas el CELS, la Federación de Psicólogos y la Red de Usuarios y Familiares - se reglamentó bajo el decreto 603/2013.
La misma establece entre varios puntos a destacar que "las instituciones neuropsiquiátricas públicas y privadas deben desarrollar procesos de adecuación y sustitución por dispositivos comunitarios con plazos y metas establecidas hasta su cierre definitivo en 2020", lo que generó mucha polémica.
Pero el tema que ahora entra en debate y preocupa a la sociedad, luego de la muerte de la productora María Paula Giglio es que la ley dice que se debe de forma obligatoria "garantizar el acceso a la justicia de personas en especial situación de vulnerabilidad. Así se ha asegurado la defensa técnica y el derecho a ser oídos y ser juzgados todas las personas que atraviesan un proceso judicial como consecuencia de su situación de salud mental".
La ley no se cumple
En el informe anual del 2013 del Defensor del Pueblo de la Nación, el área de salud realizó 733 actuaciones, aunque no todas asociadas con el incumplimiento de las leyes de salud específicamente. Constan ahí también reclamos de reglamentación de leyes como la de "enfermedades raras" o la aplicación de la ley de salud mental, por ejemplo.
La Asociación de Psiquiatras de la Argentina (APSA) posee un observatorio federal de la ley de salud mental y publicó dos documentos de posición sobre su incumplimiento. El doctor Horacio Vommaro, presidente de la APSA, explicó que sólo 3 de cada 100 personas que llegan a un consultorio de salud mental terminan internadas. El 97% restante recibe atención ambulatoria.
"La ley no se cumple en tanto y en cuanto no hay decisión política de efectivizar las transformaciones en la atención de la salud mental -aseguró-. Desde el observatorio federal, detectamos un denominador común: hay crisis en el sistema de atención de la salud mental. En el medio, está el paciente. Se podría haber elaborado una ley prínceps entre todos los proyectos que estaban disponibles."
Por su parte el médico psiquiatra , Pablo Fernando Socolsky investigador y realizador del congreso de salud mental argentina, aseguró que la Ley de Salud Mental, “plantea como un derecho y favorece a que no sea estigmatizado alguien que tiene una problemática o una desestabilización emocional y permita la posibilidad de un trabajo en equipo y más integrado”, si este es integrado a la sociedad, llevado a hospitales comunes y no victimizado.
Destaca, Socolsky, el hecho de que actualmente este tipo de pacientes no deba ser trasladado a un monovalente, sino “que los hospitales generales o centros de salud tengan equipos de salud mental trabajando a la par de los profesionales generales, brinda una perspectiva diferente a quien llega con este tipo de problemáticas”.
La Ley
La presidenta Cristina Fernández promulgó la Ley de Salud Mental, que reconoce la autonomía de personas con patologías psíquicas y prohíbe la construcción de manicomios, entre otras disposiciones.
Fue aprobada por el Senado el 25 de noviembre, e impulsada por el Ministerio de Salud, el Inadi, la Secretaría de Derechos Humanos, la Defensoría General de la Nación, asociaciones de familiares de pacientes y usuarios de servicios de salud mental.
Esta ley reconoce la autonomía de las personas con padecimiento mental y su capacidad para decidir sobre lo que desean, recomienda la internación como un recurso terapéutico a utilizarse sólo en situaciones excepcionales y en hospitales generales.
Además, desalienta las internaciones indefinidas y prohíbe la creación de nuevas instituciones psiquiátricas con características de asilo. La norma también promueve el trabajo interdisciplinario de los equipos de salud y establece que el diez por ciento del presupuesto de la cartera del área debe estar destinado a la salud mental.
Entre sus disposiciones, la ley establece que las acciones deben realizarse en una red de servicios de salud mental basados en la comunidad y recomienda la internación de personas con padecimiento mental como un recurso terapéutico a utilizar sólo en situaciones excepcionales y en hospitales generales.
La importancia de la Ley
Los puntos centrales de la ley son: priorizar acciones y servicios de carácter ambulatorio. Además, garantiza los derechos de los pacientes neuropsiquiátricos a no ser discriminados, a la singularidad, a la atención en un ambiente apto con resguardo de su intimidad, entre otros.
También ordena la creación de nuevas modalidades de atención alternativas a la internación como casas de medio camino, centros de capacitación sociolaboral, y talleres protegidos. Asimismo establece la implementación de un sistema de atención de urgencia con equipos móviles y otro de atención domiciliaria infanto-juvenil; amplía a los hospitales generales la atención en salud mental.
Las personas dadas de alta que no tengan familiares que las reciba deberán ser albergadas en lugares que disponga Promoción Social.