Proponen crear un "Concejo Juvenil" en Alvear

La iniciativa fue realizada por el edil Luis Gutiérrez y servirá para integrar a los jóvenes en el ámbito cívico e institucional.

Foto: Ariel Jalley/Mediamza.com
Foto: Ariel Jalley/Mediamza.com

El inicio de las sesiones en el Concejo Deliberante de General Alvear comenzó con varios proyectos para tratar. Uno de ellos fue elaborado por el polémico edil Víctor Luis Gutiérrez, quien se alejó del oficialismo para armar su propio bloque, y trata sobre la creación de un Concejo Juvenil similar al legislativo local.

La idea de Gutiérrez es conformar una especie de asamblea con representantes de todas las escuelas secundarias del departamento sureño para que debatan y elaboren proyectos que luego serán analizados por las autoridades comunales.

Además, contarán con la supervisión del Concejo Deliberante y los directores y preceptores de las escuelas que participen.

A continuación, el proyecto completo.

ARTÍCULO 1°: Créase en el departamento de General Alvear al “Concejo Juvenil”, cuyos objetivos serán:

a. Desarrollar sentimientos de vínculos cívicos en la comunidad a partir de la elaboración de proyectos comunes y la práctica de una participación responsable.

b. Estimula el aprendizaje de derechos y su concientización mediante el debate grupal.

c. Colocar en la agenda pública las opciones, expectativas y demandas de los jóvenes de nuestro departamento.

d. Fortalecer la capacidad de análisis y definición de políticas a nivel municipal.

e. Apoyar intervenciones a nivel local para desarrollar criterios, formas y nuevos enfoques que permitan solucionar problemas que afectan en forma general y específica a los jóvenes del distrito.

ARTÍCULO 2°.El Concejo Juvenil estará conformado por: Un representante titular y uno suplente de cada Establecimiento Educacional Secundario existente en el departamento de General Alvear que se encuentren cursando los últimos dos años de sus estudios secundarios, sean establecimientos públicos o privados. La fiscalización de la elección será realizada por Directivos y Docentes.-

ARTÍCULO 3°. Los alumnos que integren el Concejo Juvenil, durarán dos (2) años en el ejercicio de sus funciones, no pudiendo estos ser mayores a 18 años de edad al momento de ingresar a cumplir con sus actuales de representación de una institución educativa. La misma será ejecutada ad-honorem (no remunerada).-

ARTÍCULO 4° Constituido el Concejo Juvenil, se procederá a la designación de un Presidente, un Vicepresidente 1° y un Vicepresidente 2°. La elección de estas autoridades se realizará a simple pluralidad de votos, decidiendo por sorteo en caso de empate. Estas designaciones son revocables en cualquier término por resolución de dos tercios de los presentes.-

ARTÍCULO 5°. Los establecimientos educativos deberán comunicar a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante el nombre del alumno titular y suplente que fuere electo, con una antelación de cinco (5) días hábiles anteriores al inicio de la Sesión del Concejo Juvenil.-

ARTÍCULO 6°. Las sesiones del Concejo Juvenil, serán inauguradas por el Intendente de General Alvear, Presidente del Honorable Concejo Deliberante de General Alvear y por los Concejales Presidentes de Cada Bloque.-

ARTÍCULO 7°. Los períodos legislativos del “Concejo Juvenil” comenzarán a partir de la segunda quincena del mes de abril y hasta el 30 de Octubre de cada año. Los horarios de las sesiones serán establecidos en conjunto por el Presidente del H.C.D, por Secretaria del H.C.D y por el Presidente del Concejo Juvenil.-

ARTÍCULO 8°. Los Concejales Juveniles Suplentes no tendrán voz ni voto, sólo podrán integrar el Concejo Juvenil en caso de vacancia definitiva del titular.-

ARTÍCULO 9°. El Concejo Juvenil, se reunirá en sesión bimestral y en el recinto del Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 10°. Los Jóvenes ediles podrán consultar a los Señores Concejales a fin de sanear dudas y viabilidad de sus proyectos.-

ARTÍCULO 11°. Los proyectos aprobados por el Concejo Juvenil, ingresarán por secretaría y serán incluidos en el orden del día de la siguiente sesión ordinaria del H.C.D, luego serán ingresados como expedientes en las respectivas Comisiones del Cuerpo Deliberativo, para ser tratados por los Señores Concejales. En caso de que logre la aprobación y se transforme en Resolución, Declaración u Ordenanza de este H.C.D, los mismos serán publicados y enviados a todas las instituciones para su conocimiento.-

ARTÍCULO 12°. Toda aquella cuestión que dé lugar a interpretaciones o dudas respecto a las tareas y funcionamiento del Concejo Juvenil, se dilucidarán aplicando analógicamente las disposiciones establecidas en el Reglamento interno del Honorable Concejo Deliberante de General Alvear.-

ARTÍCULO 13°. En caso de que las sesiones del Concejo Juvenil coincidan con el horario de cursado escolar deberán presentar en secretaría la autorización correspondiente a los fines de poder sesionar en el Concejo Juvenil en nombre de la institución a que representa.-

ARTÍCULO 14°. Cada Concejal Juvenil deberá adherir a un reglamento interno, el cual será elaborado por el H.C.D a los fines de establecer normas sobre: formalidades a cumplir, responsabilidades de los Concejales Juveniles y del H.C.D, sanciones disciplinarias, entre otros.-

ARTÍCULO 15°- De forma.-

Fuente: Radio Uno Alvear