Desde ahora, está permitido robar

El robo y el hurto son el delito más extendido y ocupan en conjunto más del 60 % del tiempo de la Justicia, y de sus recursos. Por qué se produce la "puerta giratoria" que tanto enoja a quienes buscan defenderse de la delincuencia, ahora con métodos ilegales.

Foto: web
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Facundo y Cecilia habían estacionado su auto en la playa de uno de los "malls" más nuevos de Mendoza. Bajaron, comieron algo liviano, hicieron sus compras, y a la salida se encontraron con el guardia de la playa iluminando los vidrios rotos de su camioneta. Dos chicos, presumiblemente menores de edad aunque nadie podría asegurarlo, habían destrozado la luneta para robar un bolso deportivo y una notebook con todos los datos de trabajo de él. Luego del enojo inicial, de esa sensación de haber sido violentados que nos embarga cuando nos roban, Facundo, Cecilia, los guardias y los policías que se acercaron al lugar iniciaron una charla podría decirse “técnica” y burocrática a los efectos del seguro, de las responsabilidades del mall, y de cómo resolver el problema. Pero ni por un momento ni a los guardias ni a la policía se les ocurrió la iniciativa de perseguir a los delincuentes. Es inútil hacerlo, porque el hurto y el robo prácticamente no reciben castigo, aunque sí sean penados. Hoy en Mendoza hay una importante cantidad de delincuentes que tienen hasta 20 procesos en marcha por diferentes delitos, y que sin embargo los siguen cometiendo. No temen represalia alguna porque ya conocen los vericuetos y las ineficiencias del sistema.

Es imposible analizar en un único texto las razones por las que un joven que delinque es reiteradamente liberado sin importar su edad, o por qué la libertad inmediata del ladrón cuya vida fue providencialmente resguardada por un actor famoso de las novelas argentinas, de repente es más importante que la exposición de Jorge Capitanich en la Cámara de Diputados de la Nación. Una primera respuesta aparece ante la vista y es bastante sencilla: el artículo 18 de la Constitución Nacional (*) garantiza que todas las personas son inocentes hasta que se demuestre lo contrario. Y por eso los delitos que el Código Penal Argentino reprime con penas que son menores a tres años son por lo tanto excarcelables, porque son delitos “menores” generan órdenes de libertad a repetición. Además, el Código Procesal vigente en Mendoza lo permite. Tan simple como eso.

Los robos y los hurtos, los delitos más leves del Código Penal y que se entiende son “contra la propiedad”, conllevan penas excarcelables. El hurto simple, cuando alguien se queda con una cosa de otra persona sin ejercer ningún tipo de violencia, implica para los delincuentes –el día en que los pescan- de un mes a dos años de prisión. El delito pasa a ser “robo” cuando se utiliza algún tipo de violencia contra las personas o contra el bien que se intenta robar. Pero justamente el “robo” tiene gradualidad y una importante variedad de categorías que lo transforman en excarcelable o no según cada caso. Y aquí aparece una de las múltiples puntas del ovillo: “El problema no es la ley… sino la interpretación. En ningún lado dice que los delincuentes que hurtan tienen que ser excarcelados, sino que pueden serlo… es decir… se trata de una facultad del juez que aquí siempre se toman en beneficio de las personas detenidas. La filosofía es esa, actuar primero a favor de la persona que está presa…” cuenta un funcionario del gobierno provincial ducho en los asuntos de seguridad.



La combinación resulta fatal. Vaya un ejemplo para comprender el caso. Meses atrás, en una zona del Gran Mendoza con mucho tránsito, un cuidacoches de la cuadra obligó a un adolescente a entregarle su celular, lo que el chico hizo con temor y sin protestar. Horas más tarde el padre lo acompañó a recorrer la zona, tratando de identificar al delincuente porque lo tenían visto del barrio. Dos o tres días más tarde lo encontraron y fueron a hacer la denuncia a la comisaría de su zona. La policía se llevó al sospechoso, y mientras estaban haciendo los trámites en la dependencia llegó la orden de excarcelación. “Dice el fiscal que hay que largarlo, porque es hurto simple” les dijeron a padre e hijo. Tardaron más ellos que el ladrón en abandonar la comisaría. Por eso la rueda de excarcelaciones es tan rápida. Y mientras no ocurra que la reincidencia se tome en serio, dará lo mismo robar un peso o un millón. En Mendoza en este momento hay no menos de medio centenar de delincuentes peligrosos con más de 20 causas por robos y hurtos a cuestas. “El problema es que no los podemos juzgar de manera acumulativa… muchas veces salen porque las causas no están firmes” dice una fuente de la justicia, y explica que en la lentitud de los juzgados más que en la ley está la explicación a la “puerta giratoria” que libera a los delincuentes, porque legalmente corresponde que así sea.

Uno de los fiscales importantes de Mendoza ensaya una explicación: “La ley ha perdido su sentido de prevención. Acá no va preso nadie aunque penas y condenas hay muchas, pero son de ejecución condicional porque el hurto y el robo son delitos menores, los delincuentes vuelven a robar cada vez sin que les importe absolutamente nada. En realidad, no toman conciencia de la pena porque nunca tienen que cumplir una” dice el hombre. Y agrega: “la ley ya no logra sacar del circuito a los que roban, para que dejen de hacerlo. Y el problema es que este tipo de delitos nos ocupa por lo menos el 50 % de nuestro tiempo”.

Otro de los hombres de ley que circulan en los tribunales locales saca una cuenta interesante: “¿Te acordás de ‘El Morocha? Ese chico cometía tres robos agravados por día, con armas de fuego. Delitos contra las personas… si cuando El Morocha estaba por cumplir 18 años alguien lo hubiese seguido una semana… estaría preso, y tal vez vivo, y muchas de sus víctimas no lo habrían sido. El problema también es la prevención” anuncia, colocando la pelota en la cancha de los funcionarios. Nadie sabe con precisión cuántos delitos “menores” se denuncian contra la propiedad en Mendoza cada día. Algunos hablan de cientos. Las proporciones son difíciles, pero quince autos son “levantados” por día y robados a sus propietarios para reducirlos en desarmaderos.

¿La Argentina es abolicionista? Puede que ese debate inconcluso haya hecho saltar la térmica de una sociedad que busca justicia por mano propia en los linchamientos que escandalizan y han transformado a la Argentina otra vez en noticia mundial. Lo que sí es seguro es que los jueces tienen la lapicera suelta a la hora de las excarcelaciones y lenta en el momento de las condenas. No son palabras al azar. En Brasil, Uruguay y Perú la cantidad de presos por habitantes es mucho mayor que en la Argentina, con leyes y códigos similares. Lo explicó en una columna el consultor Orlando Ferreres para el diario LA NACION: “En nuestro país, considerando la evolución de los últimos quinquenios, la proporción presos en relación la población total es la mitad de la de Brasil o Uruguay. Como tenemos 62.000 presos y tendríamos que tener, aplicando los coeficientes presos/población de los países vecinos, 114.000 presos, puede interpretarse como que nuestras autoridades dejan en libertad alrededor de 52.000 personas que deberían estar recluidas y están en libertad. No es de extrañar que la sociedad indique como problema principal del país a la inseguridad” escribió.

Por estos días, hay una especie de furor por la justicia instantánea, exacerbada por las noticias de libertad pronta que llegan casi en cada caso de robo o hurto. “Las garantías de libertad de las personas que deben ser consideradas inocentes deben ser aplicadas a todos. Una cosa es la ley  y otra bien distinta es que haya delincuentes y abogados de los delincuentes que las utilicen para sí mismos, con anuencia de los jueces” dice otra fuente también de la justicia y muy crítico de sus pares. “No se puede condenar o matar a una persona… y muchísimo menos sin juicio… Muchos de los que hoy salen a linchar, van a poner el grito en el cielo cuando paguen tarde algo o cometan una estafa, o tengan un problema comercial, y los quieran linchar también” afirma el especialista.

Hay que decir, entonces, que hasta tanto se modifiquen el código penal, la Constitución muy probablemente, leyes locales en las provincias, el robo seguirá permitido por su esencia de delito excarcelable. Es así, injusto, pero más injusto que la negación de la ley, en tanto nos guste o no, son normas que van atadas a la Constitución. El problema es cuando se las viola, y cuando la justicia y el Estado desaparecen como tales. Algo que parece estar ocurriendo ahora mismo. Para un lado, y para el otro. Las garantías deben ser las mismas para todos.






(*) Artículo 18 de la Constitución Argentina: Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinar en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes. Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.