¿Te caíste en un bache? El Intendente debe pagar la cuenta

La Asociación de Defensa del Consumidor Protectroa, a raíz de las numerosas denuncias por daños producidos a los usuarios de la vía pública, debido a enorme cantidad de baches, ha implementado una guía para que los responsables paguen por ellos.

Foto: Alf Ponce / MDZ
Foto: Alf Ponce / MDZ

La Asociación de Defensa del Consumidor, Protectora, a raíz de los numerosas denuncias recibidas por daños producidos a los usuarios de la vía pública, por la cantidad de baches, pozos y roturas de las calles,que llevan días e incluso meses sin reparar, ha implementado una guía para que los responsables paguen por ellos, y también para que esto sirva para que se tome medidas de precaución, como son carteles indicadores con la iluminación y la distancia necesaria.

"Si Ud. es uno de los tantos, que cuando camino a su trabajo, a la escuela de sus hijos,  o de regreso a su casa, se cayó en un bache, pozo, desagüe o en una rotura de la calle...  NO, es una fatalidad ni mala suerte, es culpa de su Gobierno, y sus autoridades deben hacerse cargo de indemnizarlo por el daño que le han causado, a su vehículo, a su pertenencias o su salud", explica la Asociación en su página web.

Es por ello que Protectora pone a disposición un formulario para poder defender este derecho, bastante últil durante los últimos tiempos.

"La falta de previsión y mantenimiento de calles, desagües y otras cosas que están obligadas las autoridades gubernamentales a mantener en buen estado causa que haya vidas que padecer,  cuerpos lesionados, autos rotos y daño a los bienes de los ciudadanos, que no deberían ocurrir. Las calles deben mantenerse en perfecto estado, donde salvo cartel indicador que anuncie un desvío o advertencia del tránsito, tienen que ser usados sin riesgos", agrega Protectora.

Según la Asociación, "los ciudadanos pueden reclamar a sus autoridades, pues el Estado incurre en una responsabilidad civil objetiva por daños a terceros, sobre todo por que los automovilistas, motoristas, ciclistas y peatones,  son contribuyentes y pagan impuestos, los cuales sirven para otorgar mantenimiento a calles y avenidas, sin embargo son derechos que pocas personas desconocen".

Consejo: Identificar el bache con imágenes y ubicación, hora y el lugar del accidente, dos testigos y entre ellos se recomienda a un mecánico, para avalar el estado del automóvil antes y después de caer en el bache; si se tienen fotografías, mejor.

Para reclamar su reparación, para lo mismo siga los siguientes pasos.

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PASO 1: REALIZAR RECLAMO ANTE EL MUNICIPIO

  • POR CARTA DOCUMENTO

  • POR NOTA FIRMADA, SOLICITANDO SU CONSTANCIA DE RECEPCIÓN

*** NUNCA DEJAR LOS ORIGINALES, PRESENTAR SOLO FOTOCOPIAS ***

A quién Reclamo: La responsabilidad no sera de la Intendencia, por lo que el siguiente formulario deberá reemplazar la "cabecera" si el bache o rotura de pavimento se encuentra en:  por Vialidad Provincial xxxx, si es Ruta Provincial, por Vialidad Nacional, si es Ruta Nacional, o Concesionario xxxx, si es una Autopista.

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AL SEÑOR INTENDENTE

MUNICIPALIDAD XXXXXXXXXXX (nombre municipio)

S——–/——–D:

JUAN PEREZ, DNI Nº ……, con domicilio en xxxx, localidad: xxx , Provincia de xxxx,   se presenta ante Uds., a fin de reclamar lo siguiente:

Hechos: Que en fecha xx/xx/xxxx, siendo las xx: xx horas,  he sido víctima de un accidente en la vía pública: xxxxxx (poner detalle del accidente ocurrido, en forma concreta y concisa).

Los datos sobre la mecánica del accidente se encuentran descriptos en las actuaciones labradas por personal policial y a las cuales remito.

Por lo que sufrí los siguientes daños que solicito se me indemnicen:

Daños a la Salud

xxxxxxxxxxxxxxxx

(Especificar los daños y determinarlos en su extensión y cuantía físicas  y psicológicas, o en todo caso proporcionar los elementos para poder determinarlo. Ud. también puede solicitar la reparación del agravio moral que le hubiere causado ya que así lo establece el Art. 522 del Código Civil, y puedereclamar las ganancias que ha perdido ha causa del accidente tanto por el daño a su salud ya que así lo establece el art. 1069 Código Civil).

Daños a sus Bienes: Automotor, Moto, Bicicleta u otros:  descripción de los mismos: xxxxxxxxxxxxxxxx

(Especificar los daños y determinarlos en su extensión y cuantía, o en todo caso proporcionar los elementos para poder determinarlo. También puede reclamar las ganancias que ha perdido ha causa del accidente  por la inmovilización del automotor  ya que así lo establece el art. 1069 Código Civil).

Prueba:

Documental:

1. Acompaño certificados, prescripciones, estudios e informes de sus médicos tratantes e instituciones sanitarias que  acreditan las dolencias  y el monto dinerario para su reparación.

2. Acompaño dos presupuestos, facturas, fotos, y gastos  efectuados, que  acreditan los daños a los bienes de su patrimonio y el monto dinerario para su reparación.

3. Acompaño constancia  de  Denuncia Policial, en original y copia.

4. Acompaño título o factura o cualquier elemento que pruebe la propiedad de los bienes de su propiedad dañados.

5. Acompaño fotografías del bache o rotura del pavimento.

Derecho:

Que baso mi reclamo, en la aplicación del  art. 1113, segundo párrafo del Código Civil, hace que deba tener por responsable al dueño o guardián de la cosas, que  ha omitido los deberes de control, mantenimiento y previsión a su cargo para evitar el riesgo y el daño por bienes que le pertenecen o son accesorios del dominio público, que me han causado los daños que reclamo.

No existiendo en este caso forma de excusar  su responsabilidad, por causa ajena, de un tercero por quien no debe responder, caso fortuito o fuerza mayor.

Petición:

1. Solicito que en forma inmediata y urgente, se me indemnice con la suma de $ xxxx (pesos xxxxx), caso contrario deberé recurrir a la Justicia a fin de obtener los daños y perjuicios que me corresponden.

Firma: xxxxxxx

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AGILIZAR SU EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO:

Si Ud. ha presentado su reclamo en la Administración Gubernamental, sepa como hacer para que el mismo se mueva, siga los consejos de esta Guía:  Para Reclamos Administrativos

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PASO 2: VIA JUDICIAL

En el caso que le sea rechazado el reclamo por la Autoridad Municipal, que prolongue el trámite innecesariamente en el tiempo, se puede reclamar judicialmente, sin necesidad de agotar la vía administrativa, o recurrir en forma previa.

Para iniciar una Acción Judicial, requerirá un abogado que la asesore y patrocine. Averigüe la existencia de servicios gratuitos que cuentan los colegios de abogados y los tribunales.

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LEGISLACION APLICABLE:

Código Civil

Artículo 1069. El daño comprende no sólo el perjuicio efectivamente sufrido,sino también la ganancia de que fue privado el damnificado por el acto ilícito, y que en este Código se designa por las palabras “pérdidas e intereses”.

Los jueces, al fijar las indemnizaciones por daños, podrán considerar la situación patrimonial del deudor, atenuándola si fuere equitativo; pero no será aplicable esta facultad si el daño fuere imputable a dolo del responsable.
(Párrafo según Ley 17711)

Artículo 1113. La obligación del que ha causado un daño se extiende a los daños que causaren los que están bajo su dependencia, o por las cosas de que se sirve, o que tiene a su cuidado.

En los supuestos de daños causados con las cosas, el dueño o guardián, para eximirse de responsabilidad, deberá demostrar que de su parte no hubo culpa; pero si el daño hubiere sido causado por el riesgo o vicio de la cosa, sólo se eximirá total o parcialmente de responsabilidad acreditando la culpa de la víctima o de un tercero por quien no debe responder. 

Si la cosa hubiese sido usada contra la voluntad expresa o presunta del dueño o guardián, no será responsable.
(Párrafos según Ley 17711)

Artículo 1078. La obligación de resarcir el daño causado por los actos ilícitos comprende, además de la indemnización de pérdidas e intereses, la reparación del agravio moral ocasionado a la víctima.

La acción por indemnización del daño moral sólo competerá al damnificado directo; si del hecho hubiere resultado la muerte de la víctima, únicamente tendrán acción los herederos forzosos.