Un proyecto de ley presentado esta semana en la Legislatura propone modificaciones al sistema de licencias para los empleados estatales a partir del cual sumarían beneficios y condiciones.
La iniciativa impulsada por la UCR plantea la incorporación y ampliación de licencias de los trabajadores y trabajadoras del Estado Provincial, modificando la ley 5.811.
“En los últimos años ha habido importantes avances en la sociedad a partir de la ley 26.618 de matrimonio igualitario y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación que contemplan las nuevas formas de familia y los distintos tipos de vínculos filiatorios existentes. Sin embargo estos cambios no han sido acompañados aún por leyes que aseguren los mismos derechos en todos ámbitos como el ligado a los derechos laborales y a los derechos a los tiempos familiares. Nos referimos a los regímenes de licencias actualmente vigentes que están reguladas para sólo algunos sectores", indicaron las senadoras Claudia Najul y María Quiroga, autoras del proyecto.
En la reforma que proponen Quiroga y Najul se incluye el novedoso concepto de la licencia por violencia de género con lo que se busca garantizar que toda mujer que sufre violencia tenga amparo legal en el ámbito laboral.
"La licencia por violencia de género busca poner el tema en debate en ámbitos públicos laborales"
La mayoría de las mujeres víctimas de violencia hasta hoy deben recurrir a una licencia psiquiátrica para justificar la ausencia a su lugar de trabajo, lo que invisibiliza la problemática y la pone en el plano de lo personal.
La licencia psiquiátrica "estigmatiza", hay que empezar a llamar las cosas por su nombre, porque lo que les pasa a esas mujeres es estructural, social y habla de relaciones de poder desiguales entre el hombre y la mujer, consideraron las legisladoras.
Además, la importancia de que en el ámbito laboral las mujeres puedan plantear las situaciones de violencia de género en las que se encuentran, radica en un impacto mayor al comenzar a poner en debate en ámbitos públicos laborales la necesidad de construir relaciones más igualitarias entre los géneros. Permitiría poner en la agenda cotidiana de las oficinas y diferentes ámbitos laborales esta desigualdad de poder entre géneros que nos afecta a todos y todas como sociedad de acuerdo a los conceptos de Quiroga y Najul.
Esta incorporación está enmarcada en la ley 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, a la cual la provincia adhirió por ley 8226 del año 2010.
La victima, sea hombre o mujer, tendrá derecho a:
· la reducción de la jornada,
· la reordenación del tiempo de trabajo o del lugar de prestación del servicio,
· la justificación de inasistencias o faltas de puntualidad o
· al otorgamiento de una licencia remunerada
El órgano encargado de dictaminar sobre estas licencias será la Dirección de Mujer, Género y Diversidad. Este tipo de medidas ya se contemplan la legislación de provincias como Santa Fe, La Rioja y Tierra del Fuego y por paritarias docentes en Chubut.
Por otro lado, la modificación a esta ley está enmarcada en los nuevos paradigmas que plantea el avance en la legislación civil, específicamente el reconocimiento de familias diversas en la sociedad, avanzando por sobre el lenguaje clásico de la ley que sólo plantea un tipo de familia. A través del uso de términos neutrales, se eliminan algunas discriminaciones que la ley producía.
Dejando intactos los derechos conquistados por las mujeres con respecto a las licencias por maternidad, se igualan derechos con respecto a la adopción, instaurando un mecanismo moderno e igualitario que ya se está aplicando en otras legislaciones. Asimismo se crean nuevas licencias para el cónyuge o conviviente de la mujer que da a luz un hijo prematuro, con capacidades diferentes o hijos múltiples.
Se reconocen derechos no sólo a los cónyuges progenitores, sino también a los convivientes, avanzando así en conjunto con la nueva legislación civil y comercial que regirá a partir de 2016. A éstos se le reconocen derechos tanto en las licencias por maternidad o paternidad como en la adopción.
Se rescata la importancia de cambiar la mirada centrada únicamente en el trabajo y poner el acento en los tiempos de cuidado que tienen que ver con la forma en que cada sociedad resuelve sus problemas de sostenimiento de la vida humana. Es una nueva perspectiva sobre la organización social, que hace visible toda aquella parte del proceso que tiende a estar implícita y que habitualmente no se nombra. Nos preguntamos ¿cómo se estructuran los tiempos de trabajo y de vida de los distintos sectores de la población?
Aceptar que el interés debe situarse en el cuidado de las personas, significa también desplazar el centro de atención desde lo público - laboral hacia la vida humana, reconociendo en este proceso la actividad de cuidados realizada fundamentalmente por las mujeres. Se plantea adaptar los tiempos laborales, flexibilizándolos a las necesidades humanas.
Modificaciones:
Licencia por violencia de género: se dará hasta por 30 días, pudiendo, de manera fundada, ampliarla hasta por 60 días más. La dictaminará la Dirección de Mujer, Género y Diversidad de la Provincia.
Se otorga 120 días de licencia tanto a la mujer como al varón que adopte solo. En caso de adopción por parte de una pareja que trabaja en la Administración Provincial se da la opción de elegir a quien corresponden los 120 días y a quien los 15, e incluso, con autorización de la autoridad, distribuirse esos días en razón del interés familiar.
Se amplia para el cónyuge o conviviente progenitor de la persona que tuvo un hijo, 3 licencias que antes gozaba por solo 15 días por nacimiento de hijo. Ahora tendrá licencia por: nacimientos múltiples, de hijo prematuro y de hijo con capacidades diferentes, todas de 30 días.
Se reconoce también al varón que adopta la licencia – ya prevista en la ley solo para las mujeres - en el periodo de guarda, la misma es de 45 días. Esto se logra utilizando lenguaje neutral en la ley.