Más control: Cómo llenar el formulario para compras en el exterior

Se trata de l Nº 4550 de la AFIP, que tiene carácter de declaración jurada. Deberá presentarse con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería.

A partir de hoy, quienes compren productos en el exterior por Internet deberán completar previamente una declaración jurada, según una nueva resolución publicada en el Boletín Oficial. De esta forma, el gobierno quiere frenar las compras a las "páginas chinas" como Aliexpress o Ebay, por donde miles de argentinos burlaronel cepo cambiario el año pasado.

A continuación, un detalle por los pasos que habrá que los interesados deberán seguir:

1. Los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial -incluido el servicio puerta a puerta- o a través de Prestadores de Servicios Postales/Courier, deberán acceder al sitio "web" de la AFIP (Mis Aplicaciones Web), seleccionar el Formulario Nº 4550 (Compras a proveedores del exterior) y completar el mismo con el detalle de la adquisición realizada. La presentación de la declaración jurada se realizará con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente.

2. A efectos de confeccionar la declaración jurada, los adquirentes de las mercaderías deberán poseer CUIT, CUIL o CDI y Clave Fiscal con nivel de seguridad 2, como mínimo.

3. Cuando corresponda el pago del arancel único del cincuenta por ciento (50%) sobre el valor de compra, conforme el régimen vigente, el adquirente deberá presentarse en el Correo Oficial o, en su caso, en la Aduana correspondiente, con la declaración jurada presentada y la constancia del pago efectuado. El pago se realizará vía Volante Electrónico de Pago (VEP).

De corresponder, previo a la liberación de la mercadería, el servicio aduanero exigirá una declaración jurada rectificativa ajustando los valores a la verificación realizada y el pago adicional efectuado conforme lo establecido en el párrafo anterior.

4. Hasta tanto se encuentre disponible el sistema que se establece, los adquirentes deberán presentar un formulario manual Nº 4550/T, el cual deberá ser descargado del sitio "web" de este Organismo.

Este es el formulario, para que lo vayas conociendo: