Por qué prohíben celebrar el Día de la Virgen

El amparo a favor de APDH declara institucional la conmemoración de días religiosos en las escuelas públicas. El debate no es novedad, ya que desde hace más de un siglo existen leyes que separan la laicidad de la educación estatal.

Foto: Mdz
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Desde que se dio a conocer, el dictamen a favor de la acción de amparo interpuesta por la APDH de San Rafael contra la DGE, reclamando la inconstitucionalidad que fijaba la conmemoración del Día del Patrón Santiago y la Virgen del Carmen de Cuyo en las escuelas públicas, generó una gran polémica en la sociedad.

La noticia que no es novedad, es que, por  celebrar estas fechas se va a sancionar a las escuelas públicas que los hagan y a la DGE, por ser inconstitucional y no cumplir con las leyes de educación nacional.

Además, la resolución nº 2616 establecida en diciembre de 2012, incluye en el cronograma del ciclo 2013, los días 25 de Julio (Patrón Santiago) y 8 de septiembre (día de la Virgen del Carmen de Cuyo), lo que se torna ante la justicia inconstitucional.

¿Por qué es inconstitucional?  

La primera ley de educación que separó la educación formal de la educación laica, se sancionó en Argentina en 1884 y fue la 1420 (Sáenz Peña) , la cual generó uno de los mayores debates de la historia nacional.

Ya pasados 63 años de la mencionada ley, Perón  en 1947 volvió a introducir el catecismo en las escuelas públicas y las instituciones parroquiales, desde allí se comenzó a otorgar nuevamente  subsidios a las comunidades religiosas, pero esto duro solo hasta 1954 año en que fue derrocado el jefe máximo del justicialismo.

 Por ello en 1955, el general Pedro Aramburu aprovechando la asunción de su mandato, sancionó la Ley Aramburu nº6403, la cual volvió a separar la iglesia del estado y reglamentando que la educación religiosa se podía dictar solo en escuelas privadas. Lo que fue un paso precursor para la creación de la Universidad Católica Nacional.

En 1993, en el gobierno de Carlos Menem se realizó la última modificación de sistema educativo nacional, pero esta no tocó esté punto de reglamentación. Por tanto hasta el momento por ley es inconstitucional, dictar, celebrar o hacer alusión a hechos religiosos en todas las escuelas del país.

 La polémica                                        

El debate que hoy se ha generado en la sociedad mendocina, pasa por dos aspectos. Primero, si las leyes son tan antiguas ¿por qué nunca ninguna autoridad  promulgo las celebraciones como inconstitucionales?

Y en segundo lugar la polémica se centra, en que si bien el próximo 8 es el día de la Virgen de Cuyo, los religiosos celebran en conmemoración de distintas vírgenes todos los día 8 del año.

 Pero a diferencia que existe entre éste y los otros días, es que el 8 de octubre es un día de reconocimiento histórico para la provincia, ya que San Martín, promulgó a la Virgen de Cuyo, la Patrona del ejército y la educación.

Lo mismo sucede con Santiago Apóstol, quien figura en el acta de fundación de la ciudad, donde Pedro del Castillo, lo promulga como patrón y abogado de la ciudad.  

Es válido aclarar, que en momento que Santiago Apóstol y la Virgen de Cuyo, fueron declarados patrones, en nuestro pais todavía existia la intervención de la iglesia en el ámbito político.