El juez federal Ariel Lijo rechazó una denuncia contra la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien había sido denunciada por no implementar el pago de impuesto a las ganancias por parte de todos los fiscales.
El magistrado consideró que no hay delito en la denuncia que entabló en abril de este año el empresario Juan Ricardo Mussa quien acusó a Gils Carbó de "incumplimiento de los deberes de funcionario público y extorsión".
En su denuncia, Mussa sindicó que Gils Carbó "no había implementado (para los fiscales) los mecanismos para el pago de impuesto a las ganancias en violación a la acordada 20/1996 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".
Pero para el juez, los hechos denunciados "no resultan constitutivos de un ilícito penal que habiliten la iniciación de una investigación a su respecto".
Así fue como Lijo coincidió con la petición del fiscal Patricio Evers quien señaló que "la falta de implementación del impuesto a las ganancias a los funcionarios del Ministerio Público no constituía un accionar delictivo, sino que obedecía al cumplimiento de lo establecido en la Constitución Nacional".
En su dictamen, el fiscal remarcó que la Carta Magna "estipula la intangibilidad de las remuneraciones de los Magistrados judiciales -artículo 110 de la CN- y de los funcionarios del Ministerio Público -120 CN-" por lo que "se encuentra restringida la modificación y/o disminución de los salarios que gozan los funcionarios del Ministerio Público Fiscal, quedando exentos del pago del impuesto a las ganancias".
"No puede desconocerse que la nueva normativa referente a la actuación del Ministerio Público Fiscal establece un coto a la injerencia de los jueces hacia la actividad desarrollada por los fiscales durante el proceso", concluyó el juez.
"Ante la falta de requerimiento fiscal, no sólo el juez de instrucción se verá impedido de conocer y decidir en el caso denunciado, sino que este impedimento afectará a todos los órganos del Poder Judicial", agregó.
Rechazan una denuncia contra procuradora Gils Carbó
Pero para el juez, los hechos denunciados "no resultan constitutivos de un ilícito penal que habiliten la iniciación de una investigación a su respecto".