Un tribunal dio a conocer hoy el veredicto en el juicio que se le sigue al ex comisario de la Policía Federal Miguel Angel Espósito por la privación ilegal de la libertad del adolescente Diego Bulacio, quien en 1991 fue detenido antes de un recital de Patricio Rey y sus Redonditos de Ricota y días después murió a causa de golpes y torturas.
El Tribunal Oral en lo Criminal 29 (TOC29) condenó este viernes a tres años de prisión en suspenso al excomisario Miguel Angel Espósito acusado por la "privación ilegal de la libertad" del joven Walter Bulacio, el 19 de abril de 1991, y hecho en que desembocara su muerte.
Así lo dispusieron los jueces Rodolfo Goerner, María Deluca Giacobini y Alejandro Litvack tras escuchar las últimas palabras del ex comisario quien agradeció el buen trato al Tribunal y por "la atención" que tuvieron respecto a su delicado estado de salud.
Espósito, desde un despacho ubicado en el Consejo de la Magistratura y por medio de teleconferencia, manifestó su deseo de no estar presente para cuando se dé a conocer el veredicto.
A 22 años del hecho, Espósito es juzgado no por el homicidio del cual fue víctima el joven Bulacio quien antes de ser detenido había concurrido al recital de Patricio Rey y "Los Redonditos de Ricota" en el estadio Obras Sanitarias.
Espósito en cambio es juzgado por la detención ilegal de Bulacio, llevado a la comisaría 35, y tras lo cual días después murió por un "aneurisma no traumático".
La defensa del comisario Espósito, a cargo del penalista Pablo Argibay Molina, es que la detención está justificada por una disposición interna en la policía en ese momento (memorando 40) según la cual se autorizaba a la policía a detener a menores de edad sin previamente pedir autorización a la Justicia.Según Diario El Día, el ex comisario no quiso declarar en el debate y la única vez que se lo vio fue cuando, por motivos de salud, le permitieron aparecer en pantalla desde una sala del Consejo de la Magistratura, beneficio poco habitual para un imputado. Luego de esto, los jueces Rodolfo Goerner, María Deluca Giacobini y Alejandro Litvack pasarán a deliberar y se espera que el veredicto se dé a conocer después del mediodía. En la etapa de alegatos, la abogada querellante, María del Carmen Verdú, solicitó una condena a seis años de prisión para Espósito, la máxima pena para el delito de "privación ilegal de la libertad".
En esa oportunidad, la letrada consideró que hubiera preferido esperar otros 20 años más para que en el debate se discutieran las torturas y la muerte de Bulacio, las cuales el Estado argentino reconoció y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) consideró probados. Es que Espósito llegó a juicio acusado por la privación ilegítima de la libertad y no por la muerte de Bulacio. Por su parte, el fiscal del juicio, Horacio Fornaciari, solicitó que el imputado sea condenado a dos años de prisión y el abogado defensor, Pablo Argibay Molina, la absolución.
Los hechos ventilados en este debate ocurrieron el 19 de abril de 1991, en inmediaciones del Estadio Obras Sanitarias, en el barrio porteño de Núñez, donde se iba a desarrollar el recital de Los Redondos, y centenares de personas que se dirigían a ese escenario fueron detenidas por la Policía Federal, entre ellas Bulacio. Quienes detuvieron al joven en su momento invocaron el "Memorando 40", una disposición pergeñada por dos jueces correccionales en 1967, que autorizaba a los comisarios no dar intervención a la Justicia por la detención de un menor de edad (siempre que no fuera por un delito), cuando el propósito era entregárselo a los padres.
Según constancias de las actuaciones, Bulacio murió como consecuencia de un "aneurisma no traumático" tras ser alojado en la comisaría 35, pero Espósito sólo fue procesado por su detención ilegal y nunca por "torturas seguidas de muerte"