En San Luis declararon inconstitucional a las riñas de gallos, luego que la legislatura provincial las había habilitado. La Corte de Justicia puntana fue la que declaró que la normativa promulgada por los legisladores va en contra de la Carta Magna.
Si bien la votación de los cinco integrantes del cuerpo fue unánime, en los fundamentos de los votos aparecen diferencias de criterios.
El juez Horacio Zavala Rodríguez sostuvo en su voto que "los actos de crueldad hacia los gallos demuestran que el hombre puntano ha retrocedido en el tiempo, convirtiéndose en un ser brutal, bárbaro, vándalo, violento, despiadado, inculto y salvaje".
Agrega que "frente a esta realidad incontrastable señaló como gran contradicción un premio otorgado recientemente al gobierno de la provincia por la ONU".
Por su parte, el juez Florencio Rubio afirma que "esas reflexiones y valoraciones personales no se compadecen con la moderación en el lenguaje y la prudencia que merece el tratamiento de los puntos que se debaten y podrían herir la moral social e institucional puntana, empapada de una fuerte tradición y cultura hispana".
Los otros tres jueces, Omar Uría, Eduardo Gatica y Osvaldo Suriani votaron apoyando los fundamentos dados por el doctor Zavala Rodríguez.
Esta sentencia es por una causa iniciada por la organización civil Samay Huasi que pidió que no se sancionara la ley autorizando la riña de gallos y como eso no ocurrió, hizo un planteo ante la justicia que terminó en el Superior Tribunal.
Declararon inconstitucional a las riñas de gallos en San Luis
El Superior Tribunal de Justicia de San Luis declaró inconstitucional la ley sancionada por la Legislatura que habilitaba la riña de gallos en la provincia, y advierte que la orma legal careció de reglamentación pese a que pasaron más de dos años de su promulgación.