Multarán por ruidos molestos en Capital

La municipalidad de Mendoza comenzará hoy con acciones para reducir y prevenir la contaminación sonora. Agentes de tránsito estarán en calle Colón y Mitre a las 11 para medir las emisiones sonoras de los automotores. Multarán el mal funcionamiento de bocinas, alarmas y escapes de autos y motos.

La intensidad sonora de bocinas y sirenas no debe superar los 96 decibeles. Foto: Nacho Gaffuri / Archivo
La intensidad sonora de bocinas y sirenas no debe superar los 96 decibeles. Foto: Nacho Gaffuri / Archivo

La municipalidad de Capital tiene planeado comenzar hoy con la campaña de reducción de contaminación sonora. Por ello, la policía vial de la comuna estará a las 11 en Colón y Mitre para medir las emisiones sonoras de los automotores. Se multará el impacto de alarmas, sirenas y escapes de autos y motos. La ordenanza 3.424 del 2000 lo permite.

Además, la municipalidad cuenta con la ordenanza 3.424 por la cual se busca controlar que el ruido, tanto de fuentes fijas como móviles, no supere los límites tolerables para el oído humano y por ende para la salud.

Se intenta bajar así los niveles de ruido que se generan en nuestra ciudad, dado que ese factor guarda una estrecha relación no sólo con la salud del oído, propiamente, sino también con otras patologías. Según la Organización Mundial de la Salud, el límite de tolerancia está en los 50 decibeles.
 
Las emisiones sonoras de los escapes de motos y autos o las chicharras de las playas de estacionamiento están reguladas por la ordenanza municipal.
 
La ordenanza prevé que las alarmas de uso externo no deben superar los 93 decibeles y no pueden colocarse más de 2 por vivienda. Los sensores de exterior deben ser ubicados en forma y lugar correcto para evitar que se dispare la alarma. Los sistemas de alarmas con monitoreo deberán ser silenciosas.
 
En el caso de los automóviles, la intensidad sonora de bocinas y sirenas de alarmas no debe superar los 96 decibeles.
 
Todos los sistemas de alarmas deben estar provistos de un elemento que limite el tiempo de funcionamiento a períodos cortos de dos minutos, con descanso de dos
minutos y que se repitan un máximo de cinco veces, para evitar impacto ambiental.