Declaran ilegítimo el cobro del servicio telefónico de informes “110”

Lo decidió la justicia en lo Contencioso Administrativo Federal en el marco de un amparo planteado a fines de abril pasado por dos abogados. La medida sólo favorece a los letrados, pero sella un precedente para recursos similares.

Foto: MDZ
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La justicia en lo Contencioso Administrativo Federal declaró la ilegitimidad de la resolución 2926 de la Secretaría de Comunicaciones, que autorizó en 1999 a las empresas concesionarias de telefonía, a cobrar el servicio de informaciones "110", informaron hoy fuentes judiciales.

La jueza María José Sarmiento tomó la medida en el marco de un amparo planteado a fines de abril pasado por los abogados Eduardo Monti y Ricardo Monner Sans, por lo que el fallo sólo favorece a ambos letrados.

La resolución objetada permitía cobrar el "servicio de información guía 110 a los usuarios del servicio telefónico".

Alicia Oliveira, ex Defensora del Pueblo porteño, ya había logrado fallos favorables en primera instancia y en Cámara contra el arancelamiento del servicio de información 110, pero finalmente la Corte Suprema los revocó por considerar que la funcionaria no podía arrogarse la representación de todos los ciudadanos de la Capital.

Pese a que a partir del fallo de Sarmiento, Telefónica y Telecom sólo deberán abstenerse de cobrar el servicio a Monti y Monner Sans, la medida crea un precedente para que otros usuarios planteen recursos similares.