Por estos días, Fiscalía de Estado debe resolver acerca del pedido de un funcionario que solicitó que no se publique la declaración jurada de su pareja. Así lo manifestó el responsable del órgano de control Fernando Simón, sin revelar el nombre del sujeto involucrado.
Durante su ponencia en el Foro Valos 2017, el fiscal de Estado destacó la importancia de contar con declaraciones juradas y admitió que el decreto que las hizo obligatorias es imperfecto y debe ser mejorado por una ley superadora. Cuando se le consultó si había existido reticencia a la hora de aplicar la normativa actual, la cual entró en vigencia en 2015, confesó que puertas adentro hubo quienes se opusieron. Incluso, advirtió que un funcionario ha presentado un recurso para impedir que se publiquen los datos de su pareja.
Según aduce este empleado del Poder Ejecutivo -quién no ocupa un cargo de primera línea, sino que es subalterno- la publicación de esos datos podría "afectar verosímilmente la intimidad, privacidad y seguridad de su cónyuge".
El decreto 1789 y la posterior resolución 250/16 establecen que los sujetos obligados a presentar su declaración jurada patrimonial deben sumar un formulario que contenga la manifestación de bienes del cónyuge, hijos menores y convivientes. Además, especifica que se entiende como bienes los inmuebles y muebles registrables, salvo en excepciones puntuales.
Específicamente, el artículo 3 de la Resolución 36 de Fiscalía de Estado establece que cuando existan fundamentos que justifiquen la excepción, debe plantearse un pedido en el órgano de control. Eso fue lo que ocurrió y el fiscal debe expedirse la semana que viene para determinar si entiende que hay motivos para que esos datos queden bajo reserva.
No es el primer caso
Algo similar ocurrió el año pasado, cuando la diputada provincial Julia "Mumy" Ortega presentó en disconformidad su declaración y pidió que no se hicieran públicos sus datos. Incluso, amenazó con iniciar acciones legales si se difundían sus bienes, aduciendo que el decreto 1789 es inconstitucional.
En concreto, sostenía que los artículos 18 y 19 de la Carta magna establecen la confidencialidad de los datos y puntualiza que la libertad de intimidad es aquella por la que todo individuo puede impedir que los aspectos privados de su vida sean conocidos por terceros y tomen estado público.
Finalmente su pedido no prosperó y los bienes muebles e inmuebles de Julia Ortega están disponibles en la página web de Fiscalía de Estado.