Avanza ley de multa en lugar de cárcel a quien no pague boleto

Se trata de una modificación del Código de Faltas que fija una sanción económica en lugar de arresto para los pasajeros que no paguen su boleto en el transporte público. También sancionan a quienes escapen sin pagar de locales comerciales.

En el marco de la mega sesión que tuvo lugar el martes en la Legislatura, el Senado le dio media sanción a un proyecto presentado por el senador Gustavo Arenas. Se trata de una nueva modificación del Código de Faltas (Ley Nº 3.365) que establece multas para las personas que no paguen el transporte público de pasajeros u otros servicios similares. De esta manera, procura evitar la detención de personas por estas contravenciones para que no se generen situaciones como las que vivió Patricia Stibel, una mujer que estuvo 7 horas detenida por no pagar con su Red Bus.

La iniciativa se aprobó por 32 votos a favor y pasa a Diputados para su tratamiento. Según Arenas, actualmente quienes violaran el artículo 111 del Código de Faltas se exponían a hasta 30 días de arresto y lo calificó como algo "irracional, desmedido, asimétrico".

Con el presente proyecto se pretende incorporar al Código de Faltas de la Provincia de Mendoza, multas equivalentes a veinte veces el valor del servicio no abonado en los siguientes casos:

1) El que hiciera alojar en hoteles o posadas, el que se hiciera servir alimentos o bebidas en restoranes, bares o cafés, o se hiciera atender en peluquerías o establecimientos análogos, con el propósito de no pagar o sabiendo que no podrá hacerlo.

2) El que en la misma situación o con el mismo propósito, se sirviera de un vehículo colectivo, coche o automóvil de alquiler.

3) El que aprovechara de un teléfono o de cualquier aparato automático, haciéndolo funcionar con monedas falsas o con otros objetos distintos del que debidamente corresponda.