Será obligatorio llevar DNI para viajar en micros de larga distancia

Así lo establece una resolución del Ministerio de Transporte de la Nación que entrará en vigencia dentro de 30 días. Se crea el "Régimen de Control de Identificación de Pasajeros" para los servicios de transporte de carácter interjurisdiccional.

El Ministerio de Transporte de la Nación emitió hoy una resolución por la cual establece que a partir del próximo mes los pasajeros de micros de larga distancia deberán llevar DNI, cédula o pasaporte para poder viajar.

Esta resolución persigue el objetivo de combatir "la problemática del narcotráfico", que "no sólo afecta a la salud y la seguridad ciudadana, sino que importa una violación a la soberanía nacional", según lo publicado en el boletín oficial.

Según el comunicado quedó aprobado este martes el "Régimen de Control de Identificación de Pasajeros" en los servicios de transporte de carácter interjurisdiccional. La resolución entrará en vigencia dentro de 30 días.

Los usuarios de los servicios alcanzados por el régimen deberán portar documento nacional de identidad, cédula de identidad o pasaporte, a fin de acreditar su identidad para el uso del servicio de transporte; el mismo deberá coincidir con el utilizado al momento de la compra o reserva del boleto o de la contratación del paquete turístico y encontrarse en poder del pasajero durante todo el tiempo que lleve su traslado.

En caso de presentarse un pasajero que no portase el documento de identidad correspondiente, el mismo no podrá abordar el servicio, salvo que acredite la denuncia de extravío del mismo.