De cara a las elecciones de Godoy Cruz, el Frente Para la Victoria tomó la decisión de jugar una apuesta riesgosa. Por tecnicismos legales, hay quienes aseguran que Lucas Ilardo no está habilitado para competir en otro acto electoral este año, pero en el peronismo confían en sus propios argumentos y optaron por jugar sus fichas a todo o nada. Sobre todo debido a que cuentan con un as bajo la manga: mayoría dentro de la Junta Electoral, que finalmente deberá resolver la situación de Ilardo.
El poder del PJ sobre las decisiones de la Junta Electoral quedó evidenciado antes de los comicios provinciales, cuando el órgano colegiado falló en contra del Partido Demócrata y Cambia Mendoza al prohibir la integración de sus boletas.
En esa oportunidad, el justicialismo sacó provecho de que el presidente de la Cámara de Diputados, Jorge Tanús, y el presidente del Senado, Eduardo Bauzá, formaban parte de la Junta y la balanza se inclinó a favor de los deseos del peronismo. En total, cinco miembros de la Junta se expresaron a favor de los deseos del justicialismo (Mario Adaro, Omar Palermo, Julio Gómez, Jorge Tanús y Eduardo Bauzá), mientras que solo cuatro votaron en contra (Jorge Nanclares, Pedro Llorente, Alejandro Pérez Hualde y Herman Salvini).
Con este antecedente aún fresco, Lucas Ilardo confía en salir airoso de las trabas legales que podrían objetarse a su candidatura.
Según el Artículo 7 la ley electoral 8619, los candidatos no pueden presentarse a dos cargos en el mismo proceso electoral, e Ilardo fue ungido como diputado provincial en las elecciones del 20 de junio.
Sin embargo, Lucas Ilardo aseguró que es un error pensar que se trata de un sólo proceso electoral y presentó sus argumentos en MDZ Online. “En primer lugar, la ley habla de elecciones simultáneas, y este no es el caso. Además, aclara que tanto el gobernador como los intendentes tienen poder para convocarlas, lo que da a entender que son procesos diferentes. Y en tercer término, para las elecciones de Godoy Cruz tuvimos que conformar nuevas autoridades partidarias y apoderados. Si se tratara de el mismo proceso, las autoridades deberían ser las mismas”, concluyó.
Por todos estos motivos Ilardo se mostró confiado en que la Junta Electoral no encontrará motivos para dar de baja su candidatura y remarcó que esa es la postura que defenderán sus apoderados legales.
Al mismo tiempo, afirmó que, pese a haber competido como candidato a diputado por el primer distrito electoral (Las Heras, Guaymallén, Lavalle, Ciudad), tiene residencia en Godoy Cruz. “El error es creer que el diputado se elige por departamento. Muchos diputados no van por el distrito en el que viven, porque no es obligatorio”, aclaró el referente de La Cámpora.
Si bien la candidatura de Ilardo solo podría ser objetada por el propio partido antes de las PASO, de cara a las generales se expondrá a posibles pedidos de impugnación. Allí será determinante lo que decidan los miembros de la Junta.
Los artículos que complican a Ilardo
Ley 8619:
Artículo 7: Los precandidatos que se presenten en las elecciones primarias sólo pueden hacerlo en la lista de una (1) sola agrupación política y para una (1) sola categoría de cargos electivos.
Artículo 53: (...) No se admitirá la participación de ningún candidato en las listas de más de una agrupación ni para más de un cargo. (...)
Decreto 2400/14:
Artículo 11: No se admitirá la participación de ningún precandidato en las listas de más de una agrupación, ni para más de un cargo. Caso contrario el precandidato en infracción será emplazado en veinticuatro (24) horas por la Junta Electoral de cada Agrupación y por la Junta Electoral Provincial en su caso, a que seleccione una agrupación y un cargo de representación, bajo apercibimiento de rechazo de las listas en infracción y de aplicación de sanciones al candidato en infracción.