Mañana miércoles, el kirchnerismo intentará sancionar en la Cámara de Diputados el nuevo Código Civil y Comercial, el cual introduce importantes cambios en materia de matrimonio, adopción, divorcio y composición de sociedades comerciales, entre otros cosas.
La iniciativa se aprobará sin cambios, tal como fue sancionada en el Senado, a fines de noviembre pasado, y si el kirchnerismo logra reunir la mayoría para la votación el nuevo código entrará en vigor a partir de 2016.
Diego Armesto, abogado constitucionalista y profesor de la Universidad de Buenos Aires, considera que debe ser evaluado con más profundidad, ya que hay algunos vacíos.
“Este nuevo Código va a cambiar la vida de las personas, las acciones y la relación entre las personas. No es una ley chiquitita”, advirtió Armesto, en diálogo esta mañana con MDZ Radio.
“Al Código de Vélez Sarsfield lo votaron todos en forma unánime, tardó 4 años en redactarse. Acá no están votando todos, lo están imponiendo, sin permitir el cambio de una coma”, agregó el constitucionalista.
Armesto explicó que “lo primero que dice el Código Civil es que prima la Constitución Nacional y los tratados internacionales”, pero hay puntos que choca.
A este respecto, manifestó: “El artículo 19, que habla de dónde comienza la existencia de la persona, se contempla la fecundación dentro y fuera del vientre. Luego se sacó eso y dice que comienza la vida después de la concepción. Si se aplica las fuentes de los tratados internacionales debería aplicarse la fecundación in vitro”.
El capítulo de adopción es muy bueno, donde se impone el derecho del niño por sobre todo.
En cuanto a los bienes gananciales, contratos prenupciales y divorcio “exprés”, Armesto expresó: “Si te vas a casar podes exponer los bienes que ya ‘traías’, para que no se consideren como bien ganancial. El trámite exprés hace que uno no tenga que esperar tres años para pedir el divorcio. No es que el trámite sea exprés, sino que se legaliza algo que ya se practicaba; la idea es no tener que esperar tres años para empezar el trámite de divorcio”.
En cuanto al artículo que manifiesta que el deudor puede pesificar la deuda si está en una moneda extranjera, Armesto aseveró que “es una afectación directa al artículo 19 de la Constitución nacional. Si te debo mil dólares te debo mil dólares o el equivalente a mil dólares. El tema es a qué valor”.
Por otro lado, aseguró que en este Código “ha quedado muy en el tintero el tema de la responsabilidad del Estado”.
Si bien muchos referentes de la oposición vienen esgrimiendo que derogarán ciertos artículos del Código en caso de llegar al Ejecutivo en 2015, para Armesto, “va a ser difícil luego derogar estas cosas una por una. Las cosas tienen que discutirse ahora en el Congreso, y no poner parches después”.