El senador Juan Carlos Jaliff insistió en que "la ley 8.619, que estableció el sistema de Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) para nuestra Provincia, esta plenamente vigente y debe aplicarse, sin más, para las próximas elecciones del 2015, sin necesidad alguna de reglamentación del Poder Ejecutivo. No hay en esa ley ningún artículo que indique que debe ser reglamentada".
En respuesta a algunas voces que salieron a decir lo contrario, es decir que se necesita reglamentación y que el Ejecutivo está trabajando en un borrador, apuntó que "parten de un error conceptual porque, sencillamente, las leyes electorales son por sí mismas reglamentarias del derecho electoral que surge de la propia Constitución".
Seguidamente, el legislador de la oposición subrayó: "El Poder Ejecutivo ni siquiera es autoridad de aplicación. Lo es la Junta Electoral de la Provincia ( art. 4). El Gobernador sólo se debe limitar a colaborar con la organización de los comicios, como lo hace con los generales y ,específicamente, cumplir con lo que establece la propia ley, por ejemplo: la Convocatoria de las elecciones ( art. 3); destinar los fondos para la impresión de las boletas (art. 44 que incorpora el art 2 ter al código electoral); enviar en el presupuesto el cálculo de las partidas estimativas y necesarias para la contratación, y posterior asignación a los partidos políticos que la Junta oficialice, de los espacios publicitarios para las campañas electorales ( art. 18); la entrega de los recursos que, por ley de presupuesto, tenga el "Fondo permanente para el desenvolvimiento institucional de los partidos políticos", postuló, según consignaron fuentes de prensa.
Asimismo, el senador radical indicó que " la última parte del artículo 30 de la ley en cuestión establece que, las agrupaciones políticas "solo" podrán presentar como candidatos en las elecciones generales a los que resultaron electos en las PASO, esto quiere decir, en definitiva, que sino hay PASO es como si se dejarán de hacerse las elecciones generales de la provincia, algo impensado.
"En conclusión - finalizó Jaliff- el nuevo sistema de elección de candidatos se debe obligatoriamente aplicar para las próximas elecciones, como lo ordena el artículo 64 de la ley 8619 , sin que nada ni nadie lo impida", cerró.