La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucionales las retecinones que sufrió la firma Camaronera Patagónica entre marzo y agosto de 2012 por no haber sido dispuestas por una ley.
Se trata de retenciones resueltas en el marco de la crisis de fines de 2001 y principios de 2002, cuando el Congreso delegó facultades, de manera general, en el Ejecutivo en materia tributaria.
Los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Raúl Zaffaroni establecieron que la invalidez de las retenciones se limita a un periodo de tiempo comprendido entre marzo y agosto de 2002, antes de que el Congreso sancionara una ley específica que convalido el tributo.
"Sólo el Congreso tiene potestad para fijar tributos", coincidieron los ministros del máximo tribunal según el portal de noticias Infojus, aunque discreparon en los "alcances" temporales de la sentencia. En minoría, los jueces Enrique Petracchi y Carmen Argibay coincidieron con la potestad exclusiva del Congreso para fijar tributos y disintieron sobre la validez de la ley posterior que los avaló.
"En materia de comercio internacional es necesario que el Poder Ejecutivo cuente con herramientas que le permitan en forma ágil implementar políticas económicas para proteger la producción local, los precios del mercado interno o la competitividad", reconocieron los magistrados.
Pero, explicaron que dichas medidas deben provenir de una ley sancionada por el Congreso, lo que no ocurrió en este caso.
La empresa obtuvo un fallo desfavorable en principio, aunque luego la Cámara Federal de Mar del Plata declaró la incosntitucionalidad de las resoluciones 11/02 y 150/02 del entonces Ministerio de Economía e Infraestructura.