La prolongada disputa entre Mendoza y La Pampa por las aguas del río Atuel tiene un nuevo capítulo. Ahora, tras una demanda presentada por el gobernador Oscar Jorge (FpV), la Corte Suprema de Justicia confirmó que tomará intervención en el caso. De esta manera, tratará dos denuncias: la del Estado pampeano y la de un particular: Andrés Palazzani.
En la década del '80, la Corte declaró que el caudal era biprovincial, aunque reservó derechos de riego para Mendoza.
Claro que en el medio pasaron muchas cosas. Una de ellas es el convenio que firmó Celso Jaque con el gobernador pampeano. Allí, se estableció un caudal mínimo para la vecina provincia a cambio de una millonaria inversión del Gobierno nacional para impermeabilizar canales de riego en el sur de Mendoza. Sin embargo, el convenio firmado no fue aprobado en la Legislatura provincial.
En medio del conflicto, Jorge acudió al máximo tribunal de Justicia que, finalmente, aceptó tratar el tema y ahora Mendoza tendrá 60 días para responder. En ello trabaja el Comité en Defensa del Atuel, integrado por miembros de Fiscalía de Estado, de Legal y Técnica, asesores de Gobierno e Irrigación. De todos modos, la provincia aún no fue notificada y todavía no corre el plazo de 60 días.
El reclamo apunta al "inmenso daño social en el noreste de La Pampa, región que fue condenada al atraso en su desarrollo y al éxodo de su población debido al uso arbitrario del agua de ese río".
La demanda, según consignó la agencia DyN, incluye unas 400 páginas con anexos con más de 10 mil fojas. Si bien apunta primariamente contra Mendoza, cita como "tercero" al Estado nacional, al que le reclama su "responsabilidad histórica en la negligente administración del complejo Los Nihuiles" y en consecuencia también lo hace parte del reclamo de "reparar y recomponer los daños causados".
Justamente, el conflicto se originó en la década del 40 cuando se construyó el dique más grande del sur mendocino: El Nihuil, sobre el cauce del Atuel. A partir de allí, el norte pampeano vio cómo comenzó a mermar el agua que llegaba a la región "privando a su población de desarrollar una vida digna y causando, además, un significativo daño ambiental, que debe ser remediado e indemnizado".
En ese contexto, incorporó argumentación sobre caudales ambientales y productivos, tanto en lo que respecta a la cantidad como a la calidad del agua que deberá llegar a territorio pampeano.
Ahora, la Corte resolvió correr traslado (notificar de la existencia) de la demanda interpuesta contra la Provincia de Mendoza para que la responda, y para ello determinó un plazo de 60 días y estableció que la causa tramitará por la vía del proceso ordinario. Además, citó al Estado Nacional para que dentro del plazo de 60 días, comparezca a tomar en la causa la intervención que pudiere corresponderle.