Entre la impunidad y la vulneración de derechos

El proyecto de Responsabilidad del Estado que obtuvo media sanción en Diputados de la Nación se ubica entre la incertidumbre y la polémica. ¿Cuáles son los casos particulares en los que podría perjudicar al ciudadano de a pie?

Foto: NA
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El oficialismo consiguió el aval de Diputados para su proyecto de ley especial que busca regular la responsabilidad del Estado bajo la órbita del Derecho Administrativo.

La media sanción recalentó a legisladores opositores que ven en la norma "el camino a la impunidad, la rienda suelta a empresarios como Cirigliano y la vulneración de los derechos de los ciudadanos".

En la madrugada de este jueves la Cámara Baja del Congreso de la Nación dio media sanción, con 129 votos positivos, al proyecto de responsabilidad del Estado que impulsó el Ejecutivo. El arco opositor reunió 105 votos que no le alcanzaron para trabar la iniciativa oficialista y adujeron, en líneas generales, que con esta ley especial se busca proteger a los funcionarios públicos.

A propósito, Federico Pinedo, diputado nacional por el PRO, explicó que hay tres casos concretos en los que el Estado “actuará irresponsablemente” si el proyecto termina convirtiéndose en ley: la regulación de los concesionarios de servicios públicos; litigios donde exista “daño compartido entre Estado y un particular” y, finalmente, permitirá la prescripción de la demanda a tres años de ocurrido el perjuicio.

“Una parte de lo que votaron ayer dice que el Estado no responderá cuando genere un daño un concesionario suyo; es decir un Cirigliano -dueños de los Trenes de Buenos Aires (TBA) que protagonizaron la tragedia de Once-, por ejemplo, que es un particular y que hizo un trabajo en nombre del Estado no será controlado. Los daños que hizo Cirigliano, quedarán impunes. No regulará ni cómo preste el servicio, ni si mata a un montón de gente”, especificó Pinedo en conversación con MDZ Online.

Asimismo comentó que si existe un conflicto entre el Estado y un particular contra otro particular el proyecto lo define como “daño compartido” por el que el Estado no deberá responder. Y, finalmente, el proyecto indica que si un ciudadano fue perjudicado por el poder público no podrá iniciar demanda luego de pasados tres años de ocurrido el perjuicio.   

“El kirchnerismo mira el tema desde el poder y nosotros desde las personas. Las personas tienen sus derechos que el poder no le puede quitar y lo que aquí sucede es que el oficialismo trata de que los políticos y el Estado puedan tener poderes por encima del derecho de las personas; es decir, los habilita para que puedan hacer lo que quieran”, puntualizó el diputado opositor.

Aclaró, también, que lejos de respetarse el Estado de Derecho lo que se hace es garantizar derechos para los funcionarios y no para los ciudadanos de a pie.

“Le quitan al ciudadano el derecho a la indemnización justa y al juicio justo”, sostuvo.

Por su parte, la diputada nacional Graciela Camaño por el Frente Renovador, agregó, en diálogo con MDZ Radio, que con esta reforma el resarcimiento a un ciudadano al ser víctima de algún atropello de parte del Estado llegará muy tarde o, directamente, no llegará nunca.

“Para que la gente pueda comprender, el resarcimiento que corresponde a un ciudadano que es víctima de algún atropello de parte del Estado fue sacado del Código Civil por parte del oficialismo para otorgársele un tratamiento a través de una ley especial en donde, además, es una ley de adhesión porque al incorporarlo a lo que se denomina el Derecho Administrativo cada provincia tendrá que dictar su propia responsabilidad del Estado y de los funcionarios públicos”, detalló.

“Quiere decir esto que si a un mendocino lo atropella una ambulancia de un hospital o un patrullero tendrá muchas menos chances de cobrar lo que le corresponde por su vida que si lo atropella un ciudadano común”, ejemplificó y comparó el proyecto a la reforma de las medidas cautelares que se introdujo con la ley de democratización de la Justicia donde –recordó- también se redujo la posibilidad del ciudadano de recurrir a la Justicia frente a un atropeño, daños o perjuicio.

Blanco sobre negro

El abogado Javier Urrutigoyti, especialista en normas referidas a la responsabilidad estatal, explicó que si la presente ley se regula conforme a los principios de la responsabilidad administrativa, consagrados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la jurisprudencia y la doctrina, el ciudadano no correrá riesgos y el Estado deberá responder por lo que deba responder.

Detalló que el oficialismo decidió generar una ley especial que permita regular la responsabilidad del Estado por fuera del Código Civil y Comercial porque el poder público “no siempre actúa como un particular y acorde con lo que regula el actual Código Civil”.

“En lo que el Estado actúa como Estado, con modalidades propias del poder público y con situaciones diferentes, es lógico que el Estado tenga una regulación distinta a la del Código Civil. Porque debe saberse que el Código Civil se hace pensando en relaciones entre particulares, civiles o comerciales, y cuando el Estado no actúa como un civil o comercial es absurdo aplicársele esa norma”, puntualizó Urrutigoyti en diálogo con MDZ Online.

Asimismo especificó que la gente que redactó el Código Civil entendió que la responsabilidad frente a los diversos litigios era igual para todas las relaciones y eso fue lo que, precisamente, el Poder Ejecutivo pretendió diferenciar con este proyecto.

“Lo que hizo el oficialismo fue dejar en claro que la responsabilidad del Estado era del derecho administrativo y que ella debía regularse por el Derecho Administrativo. Como parecía que eso iba a quedar en nada,se apuró a mandar un proyecto sobre responsabilidad del Estado Federal que es lo que él puede regular”, comentó.

En contraposición con lo que dijo Pinedo, detalló que para el caso de la concesión de servicios públicos es lógico que la responsabilidad frente a algún problema corra por cuenta del concesionario.

Si el servicio público está prestado por el Estado, el estado responde; ahora si el Estado ha concesionado el servicio público, hay un principio de la concesión del servicio público que dice que el concesionario presta el servicio a su cuenta y riesgo, enfatizó Urrutigoyti.

“Esto es así porque el Estado no le puede transferir la prestación del servicio y las ganancias que dé el servicio y quedarse con las pérdidas; de ser así, estaríamos privatizando la prestación y socializando los daños”, aseveró.

Finalmente dijo que hay que tener cuidado con las “críticas exageradas” que buscan endilgarle todo al Estado.

“Qué sentido tendría haber privatizado el servicio para quedarse con la responsabilidad hay que estar a las dudas y maduras si se concesionó el servicio quien debe responder es el concesionario y eso estará regulado por el Código Civil”, concluyó.