Jueces y garantías constitucionales

El presidente de la Suprema Corte de Justicia fija posición sobre el reclamo policial por la presunta demora de los magistrados para autorizar allanamientos en los operativos de la fuerza de seguridad. El juez remarca la función judicial otorgada por el nuevo Código Procesal Penal.

En respuesta a las críticas que se vienen haciendo a los jueces de garantías por no haber librado algunas órdenes de allanamiento, con la velocidad pretendida, corresponde hacer algunas reflexiones sobre la función que esos magistrados cumplen dentro del sistema penal acusatorio, como el que tenemos en nuestra provincia, en donde están separados el ámbito de la investigación y el de las garantías.

Antes que nada es muy importante tener en cuenta que la persecución del delito es un problema que nos preocupa a toda la sociedad. Salvo quienes viven del delito, todos los ciudadanos, desde el lugar que ocupamos, queremos terminar con la delincuencia.

Los jueces de garantías son los custodios de los derechos fundamentales de la población. Por eso, una de sus tareas, entre muchas, es verificar si se cumplen los requisitos exigidos por la ley y la constitución para poder librar una orden de allanamiento para ingresar a una vivienda. El domicilio de todas las personas es "inviolable" por imperativo constitucional. Solamente se puede ingresar a una residencia si existe una orden de un juez que lo autorice.

El entusiasmo de los investigadores y fiscales, a quienes les compete perseguir el delito, puede llevarles a cometer atropellos a algunas garantías que todos los habitantes tenemos. Una forma de evitar esos posibles excesos, es que los jueces de garantías exijan fundamentos muy sólidos antes de autorizar el allanamiento del domicilio de alguna persona y su familia.

Pretender que los jueces de garantías libren órdenes de allanamiento sin exigir rigurosamente los requisitos legales sería convertir a los magistrados en meros certificantes del actuar policial y desconocer la reforma procesal penal que se viene instrumentando en la provincia.

Los pedidos de allanamiento estadísticamente comprenden los hogares de familias de barrios muy humildes que ya viven un serio problema por la proximidad de la delincuencia, pues son sus primeras -y también mayoritarias- víctimas que debemos proteger.

La preocupación en la lucha contra la delincuencia no debe impedirnos ver la importancia fundamental de que ese combate contra el delito no pague el precio inaceptable de sacrificar las garantías fundamentales, una de las cuales es la de la protección del hogar; especialmente, el de aquellas personas que, por su condición económica, social, o por cualquier circunstancia, no pueden acceder en forma inmediata al servicio de asesoramiento profesional de un abogado.

Los jueces de garantías, en caso de duda, no deben arriesgar la tranquilidad de un hogar autorizando la irrupción por las fuerzas policiales; ya que permitir el ingreso a un domicilio sin haber sido muy rigurosos al momento de contemplar las exigencias legales, además de ser siempre una experiencia traumática para quien lo sufre, a la larga puede ser motivo de una nulidad en juicio y lo único que habremos conseguido es la impunidad de un delincuente y mayor desconfianza en el sistema penal.