Los que sí, y los que no

El artículo 31 incorporado a último momento abre la puerta para que empresas de servicios públicos o de obra contradada con el gobierno, puedan mantener las licencias de radiodifusión de las que ya disponen.

Aunque muchos en la oposición y en el propio multimedios Clarín dicen que la ley está hecha a medida para perjudicar a los grandes multimedios, en especial a aquel grupo, se ha incluido en las revisiones de última hora un artículo, el 31, de redacción confusa, y que se presta a interpretaciones. Aparentemente, les garantiza a ciertos empresarios que podrán seguir explotando medios.

El artículo, si bien exige que las empresas audiovisuales deberán tener por objeto exclusivo la prestación de servicios audiovisuales, y no pueden desarrollar otra actividad; permite que las empresas de servicios públicos u otras empresas de servicios u obras, sí pueden conservar los negocios que tengan en el sector. Incluso, en virtud de otro artículo, el 41; tienen un año de plazo para adecuar sus composiciones societarias.  Así, empresas que hoy explotan servicios y tienen medios asociados, podrían terminar siendo las titulares de éstos últimos, lo que marca una diferencia entre algunos multimedios y otros en las consideraciones de esta ley.