La olvidada libertad de expresión

En los últimos tiempos se han producido declaraciones y actitudes de la más alta esfera del gobierno nacional, que significan un ataque directo o encubierto a la libertad de expresión. Tales episodios configuran una grave lesión a la libertad de prensa, consagrada claramente por nuestra Constitución Nacional en su artículo 14, que reconoce a todos los habitantes el goce del derecho de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa. Obsérvese que nuestra Carta Magna reconoce este derecho, no los sanciona, concede u otorga, lo que equivale a decir que es un derecho anterior, preexistente, al cual el ordenamiento jurídico lo aprehende o lo atrapa. 

Pero si la libertad de expresión de la cual la de prensa no es sino una de sus especies, ella surge también implícita, pero no menos claramente, de otras características de nuestro régimen político. En efecto: La publicidad de los actos de gobierno es, juntamente con la división de poderes o funciones, la periodicidad de los mandatos  y la responsabilidad de los funcionarios, una de las características distintivas de la República. Como lo es también, la soberanía del pueblo, principio fundante de legitimidad de nuestro régimen político, que retuvo para sí el ejercicio de este llamado “Cuarto Poder”, el de formar opinión, informando por cuanto no lo delegó en ninguno de los otros tres poderes que organizó.

La libertad de expresión, por tanto, quizás sea la libertad mas valorada, ya que equivale a señalar el intelecto y, a la mente como las notas distintivas y singulares del hombre, operante sobre la realidad social, lo que implica reconocer la dignidad espiritual y moral de quien porta dicho pensamiento.

La libertad de prensa es característica de la República, pero, en la democracia, es elemento esencial de ella.

La prensa del país ha acompañado, en general, el restablecimiento constitucional como paso ineludible hacia la estabilidad y permanencia de nuestras instituciones, actuando con un comportamiento serio, elevado y responsable.

Por todo ello la calificación de “corrupto” dirigida al periodismo en forma indiscriminada y globalizante, aparece como una ofensa grosera y gratuita hacia la inmensa mayoría del mismo, que ejerce su profesión con verdadera vocación de servicio.

En este orden de ideas, las imputaciones, incriminaciones o calificaciones a ciertos periodistas, que efectuaban preguntas que podrían considerarse incisivas por sus receptores, pero que eran congruentes con lo requerido  por una opinión pública deseosa de informarse, deben también ser reprobadas, pues pueden ser tenidas como reminiscencias de un pasado que todos estamos dispuesto a superar.

                 Dr. Oscar Ligonie                                                      Rómulo Leonardi
                 DNI. Nº 8.145.653                                                   DNI. Nº 8.157.331
  Dip. y Senador Pcial. Mand. Cump.                                 Diputado. Pcial. P. D