Aportes de las Pymes a la economía

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa  después de incesantes gestiones empresarias, dicto la resolución n°21/2010 incrementando los montos  de facturación  anual que deben tener las empresas para encuadrarse como micro , pequeña y mediana empresa.

Para el sector  comercio los nuevos montos asignados son de $2.400.000.- para ser  considerada microempresa, (antes $1.850.000); $ 14.000.000.-para pequeñas empresas(antes $11.100.000) y $111.900.000.-  para ser considerada mediana empresa(antes $88.800.000.)

En el caso  dell sector servicios se paso de $467.000.- a $590.000.- para calificar como microempresa, de $3.366.000.- a $4.300.000.- para calificar como pequeña  empresa y de $22.400.000.- a $ 28.300.000.- para ser considerada una empresa mediana.

Recordamos que la norma es reglamentaria  dell art.1° de la ley 25300(ley de Fomento  a las PYMES) y se utiliza como parámetro parta acceder a beneficios  establecidos  en dicha norma y otras complementarias.

Había un retraso notable en los montos hasta el 08 de Setiembre vigentes, dado que los mismos habían  sido fijados en octubre de 2006.

Con relación  a la incorporación de sumas no remunerativas al salario , es rechazado por el empresario, por considerar  que en ningún  momento se ha producido un perjuicio a los trabajadores , sino todo lo contrario. Los importantes aumentos otorgados año tras año, para recomponer  el salario dell empleado de comercio, fueron precisamente por la condición  no remunerativa de los mismos. Ello ha permitido  incrementar el consumo y el empleo, y ha sido  convalidado por el Sindicato  y el propio Estado. Por otra  parte, no se produce  un perjuicio en el caso de indemnizaciones  por despido, donde la Corte Suprema de Justicia ya ha sentado jurisprudencia reconociendo los montos  no remunerativos, y tampoco hay un impacto significativo en el caso de la Jubilación.

C.I.P.A advierte, que los acuerdos  salariales hay que respetarlo, que es libertad de negociar  de las partes, y su incorporación (no remunerativos) tiene un costo imposible de afrontar, en especial para PYMES. El incremento de los costos  laborales  no será inferior al 20% lo que indefectiblemente afectara el nivel de precios  y la estabilidad de los  puestos de trabajo.

En cuanto a las ganancias compartidas, 8% para los empleados y 2% fondo solidario, aplicable  a empresas  con mas de 300 operarios, despojaría  con la intervención  gremial sindical, a propietarios  y directivos de los beneficios  de sus actividades. Nada dice  el proyecto  en caso de perdida, que también  deberían compartirse. En las distintas categorías  de Empresas, en la mayoría de las Empresas de una forma u otra  se entregan gratificaciones  a los empleados,. en el marco de la responsabilidad social.