A partir del año 1994 se evidenciaron serias fallas en el control y la reglamentación de la diversión nocturna para jóvenes, en realidad la problemática comenzó a profundizarse con accidentes de tránsito protagonizados por jóvenes alcoholizados, peleas con resultados trágicos, etc. A partir de esta fecha, diversas agrupaciones y organizaciones, compuestas por padres, iglesias, escuelas, jóvenes, etc.; comenzaron a tomar conciencia y conjuntamente con la clase política empezaron a trabajar de manera integral para poner límites, normas y reglas a la diversión de nuestros jóvenes.
A fines del año 1996, se sanciona, mediante un esfuerzo mancomunado de los diversos actores sociales, la ley 6444 por la cual se crea el “Programa provincial, prevención de riesgos diversión nocturna de jóvenes”.
A partir de esta fecha se instala la problemática y esta ley, como es lógico, evoluciona y comienza a sufrir diversas modificaciones, hasta llegar a la 7595 sancionada a fines del 2006. Lógicamente el espíritu de dichas modificaciones es el de velar porque la diversión de nuestros jóvenes sea segura para todos.
Recordemos que el objetivo de la ley y sus consiguientes modificaciones es el de brindar seguridad en las zonas de recreación nocturna, prevenir los riesgos por accidentes de tránsito, prevenir y desalentar el consumo de bebidas alcohólicas y el uso de estupefacientes y controlar el cumplimiento de las disposiciones sobre seguridad edilicia y denunciar su incumplimiento a las autoridades correspondientes.
Entendemos que el gobierno provincial no tiene la menor idea de lo que la ley dice, o al menos no hace absolutamente nada a fin de procurar el cumplimiento de la misma, decimos esto por que basta sólo repasar algunos de los puntos:
• En su artículo 4º, la autoridad de aplicación debe celebrar convenios destinados a contar con estudios, diagnósticos y propuestas acerca de la diversión nocturna.
• En su artículo 4º, inciso e, se debe capacitar a agentes comunitarios y sanitarios para que colaboren con la prevención.
• En su artículo 4º, inciso l, se debe informar trimestralmente a la legislatura sobre la ejecución del programa.
• En el artículo 6º, inciso c, todos los locales habilitados deben disponer de un servicio telefónico público o semipúblico en el interior de los establecimientos.
• En el artículo 6º, inciso d, se debe cumplir con las normativas de prevención del daño auditivo.
• En el artículo 6º, inciso e, el personal de seguridad debe contar con credencial habilitante expedida por el Ministerio de Seguridad y todos los locales deberán contar con personal de ambos sexos.
• En el artículo 6º, inciso g, se debe contratar un servicio de atención médica que estará a disposición de los clientes.
• En el artículo 6º, inciso i, se debe permitir el libre acceso y permanencia de jóvenes mayores de 18 años, de acuerdo a la habilitación y clasificación de los locales, evitando cualquier tipo de discriminación.
• En el artículo 6º, inciso h, debe haber una adecuada iluminación y señalización de las zonas de ingreso.
• En el artículo 6º bis, inciso a, los organismos competentes harán las acciones pertinentes a fin de garantizar tanto los servicios de transporte como los de seguridad a la salida de los locales bailables.
• En el artículo 13, inciso d (locales bailables para menores de 18 año, “matinee”), los locales deben contar con un espacio edilicio cómodo y amplio destinado a la sala de espera a fin de evitar la permanencia de menores en la vía pública.
Si sos joven, salís a bailar o simplemente tus hijos te cuentan sobre como se divierten en la noche mendocina, te darás cuenta de que nada se cumple de lo que dice en esta ley.
No queremos que se produzcan más accidentes de tránsito provocados por chicos alcoholizados, no queremos más chicos golpeados salvajemente por patovicas, no queremos más que vendan bebidas rebajadas con alcohol etílico, etc.
Como jóvenes radicales planteamos:
En primer lugar que ante una posible modificación en la ley y posterior renuncia a la gestión de mecanismos necesarios para hacer cumplir la misma, todos los esfuerzos destinados serán en vano.
Que el tema de cómo nos debemos divertir va mucho más allá del horario de entrada y de salida de los boliches, que si bien debe ser reglamentado, es pura especulación de las ganancias (precio de taquilla y precio de bebidas en la barra) que obtienen los dueños de los locales bailables.
Que si el gobernador tuviese la voluntad de hacer cumplir la ley vigente, la diversión nocturna será mucho más segura.
Creemos que debe haber una participación constante de todas las entidades y personas vinculadas a la diversión, sobre todo de los padres y de los jóvenes; a fin de ir mejorando y previniendo a nuestros jóvenes, así entre todos podemos hacer reflexionar a toda la clase política y sobre todo al Gobernador, acerca de la problemática.