Se degrada la sanción del Presupuesto

Foto: Télam
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A pesar de que este año el Congreso Nacional ha recuperado la iniciativa y el protagonismo que había perdido desde 2003, el inminente tratamiento del Presupuesto 2009, que debería ser el evento más relevante del año parlamentario, no logrará tampoco esta vez la importancia que merece, pues siguen vigentes normas y costumbres gubernamentales antirrepublicanas que lo degradan.

El motivo de esta degradación subyace en la conjunción de tres factores centrales. El primer factor es la pérdida de sentido de cualquier Presupuesto al que se complementa con una ley como la de Superpoderes, que lo torna prácticamente en innecesario, pues por ella se pueden alterar todas y cada una de las partidas aprobadas, para transformarlas en otras partidas con sentido absolutamente diferente.

La Constitución quiere que el Ejecutivo, a través del Jefe de Gabinete de Ministros (JGM), ejecute su plan de gobierno con sujeción a un Presupuesto establecido por Ley del Congreso. Este último debe “fijar” gastos en base al “programa general de gobierno y al plan de inversiones públicas” que le eleve el JGM. Una vez aprobado el Presupuesto, el JGM lo “ejecuta” y, con él, ejecuta su plan de gobierno. Es decir, el plan de gobierno debe ejecutarse con la mediación de una previa aprobación y posterior control legislativos.

El Gobierno lo ejercen ambos poderes, de acuerdo a una división de roles que son el fondo de esta discusión. El Congreso gobierna a través de planes generales y el Ejecutivo, a través de medidas particulares, que deben estar inscriptas dentro de las generales.

Esta división de roles estaba interpretada de una manera razonable en el art. 37 de la ley 24.156 (el que se hace extensivo a todas las jurisdicciones provinciales a través del art. 15 de la ley 25.917), previo a su modificación por los Superpoderes. Allí se establecía que “quedan reservadas al Congreso” las decisiones que impliquen:

1. afectaciones del monto total del presupuesto [entiéndase: gasto]
2. afectaciones del monto del endeudamiento previsto,
3. cambios que impliquen incrementar los gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital o de las aplicaciones financieras,
4. cambios que impliquen un cambio en la distribución de las finalidades.

Los Superpoderes eliminaron los puntos 3 y 4 de esta restricción. Un plan de gobierno que no se sujete a estas limitaciones implica un plan de gobierno de UNO SOLO de los DOS PODERES que comparten las responsabilidades de gobierno.

Por si no fuera suficiente semejante degradación parlamentaria, existe un segundo factor que roza la inconstitucionalidad, tornando esta cuestión en una verdadera burla a la división de poderes. Se trata de la modificación que, a esta altura del año, suele recibir el Presupuesto aprobado el año previo a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU), como el que la Presidenta acaba de firmar, ampliando el gasto en $37.000 millones y el endeudamiento, en otros $8.000 millones. Como dijimos, ni los Superpoderes permiten que el Ejecutivo aumente el monto global de gastos y de deuda, sino que exige que sea el Congreso. Un DNU es una disposición del Ejecutivo que pretende tener carácter legislativo, pero justamente por ello, viola hasta el frágil diseño que instauraron los propios Superpoderes.

El tercer factor es la incomprensible insistencia en mantener en el articulado del Presupuesto el funesto Capítulo II – “De la delegación de facultades”, que desde que asumió Néstor Kirchner hasta el presente sigue burlando la función legislativa. En los artículos que lo componen, se establece que el Jefe de Gabinete podrá incrementar las partidas presupuestarias si existieran recursos adicionales, producto de una mayor recaudación. Como siempre se subestimaron fuertemente los recursos, estas partidas fueron muy relevantes, aunque el año próximo, tal vez, dejen de serlo.

Por estas razones, es absurdo ingresar en la metodología de analizar el detalle del proyecto, mucho más en lo que hace a las obras y/o servicios que pudieran beneficiar a Mendoza.

Ese ejercicio intelectual lo llevé a cabo en los últimos años, siempre con el mismo resultado. Al final del ejercicio, poco o nada de lo “presupuestado” se había cumplido.

Este año, antes de tropezar nuevamente con la misma piedra, dedicaré mis mejores esfuerzos para explicar lo del comienzo de este artículo y, por supuesto, a trabajar por la derogación de todas las facultades extraordinarias que hoy existen a favor del Poder Ejecutivo.