Las comunicaciones A 5343 y A 5344, de este mediodía, determinaron que "con carácter excepcional" las entidades financieras deberán agregar en los informes habituales el "Apartado II –Proyecciones–", correspondiente al período 2012/2014.
La exigencia, que toma como punto de partida el 30 de junio del corriente y sin tener el carácter de rectificativa, agrega también la presentación de "pruebas de tensión", en línea con las nuevas normas sobre "lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras".
Mientras que en el Apartado II se incorporó un concepto vinculado con la exigencia de capital mínimo por riesgo operacional y se incluyó en la posición la exigencia de capital por riesgo de mercado al último día del mes.
Al parecer, este caudal informativo se vincula con la decisión de Economía de ejercer más control directo sobre las empresas en las que el Estado nacional tenga directores a través de las acciones de la ANSES, ampliado a las entidades financieras, para poder hacer un seguimiento del cumplimiento del Programa de Crédito Productivo a tres años de plazo y tasa fija de 15,01% anual.
Este plan de negocios de los bancos para el trienio, a partir de datos al 30 de junio, deberá presentarse a la autoridad monetaria hasta el 27 de septiembre.
El Central les exigirá a los bancos que presenten su plan de negocios hasta 2014
A través de dos comunicaciones, la autoridad monetaria pide con carácter excepcional que las instituciones financieras presenten proyecciones y supuestos macroeconómicos. Tienen un plazo de 45 días para hacerlo.