Malestar en San Juan por la Ley de Glaciares

Los medios de comunicación de esa provincia aseguran que la nueva norma “frena a la minería” y “prohíbe la actividad y la instalación de industrias en las zona de hielo de media y baja montaña”. Allí se apostaba a la sanción de otra norma más laxa.Critica la iniciativa por supuestamente no definir “claramente la zona periglacial lo que queda sujeto a múltiples interpretaciones.

De la misma manera que provocó júbilo en ámbitos ambientalistas y ecologistas de diversas provincias, la aprobación de la Ley de Glaciares sólo parece haber llevado desazón a San Juan, donde se esperaba que fuera sancionada otra norma similar que aparecía más laxa frente a la actividad minera.

El malestar se pudo ver incluso en los medios de prensa de esa provincia. Por caso, El Diario de Cuyo titula en portada en su edición de hoy que la nueva ley “frena a la minería” y en su nota de marras hace hincapié en que el proyecto aprobado es rechazado por las provincias mineras “porque prohíbe la actividad y la instalación de industrias en las zona de hielo de media y baja montaña”.

Con la misma línea, el matutino resalta el discurso de los legisladores que han cuestionado la norma por sobre los que la defendieron. Así, el Diario de Cuyo destaca las palabras del salteño Agustín Pérez Alsina, que aseguró que con el proyecto de Diputados se quiso generalizar, y no es lo mismo Tierra del Fuego que Salta, hasta nuestras reservas de energía entrarían en juego.

“Pérez Alsina destacó que la protección de glaciares y periglaciares está asegurada con el proyecto original de la Cámara Alta, y le preguntó al resto de los legisladores: ¿No sabemos las provincias cómo cuidar el desarrollo, el ambiente, la ecología?”, destaca el diario.

Luego, destaca las palabras de César Gioja, quien argumentó que "la actividad minera en la provincia de San Juan usaba apenas el 1 por ciento de los recursos hídricos".

Finalmente, critica la iniciativa por supuestamente no definir “claramente la zona periglacial lo que queda sujeto a múltiples interpretaciones. Además, define los glaciares como bien común sobre los cuales la Nación tiene la potestad exclusiva dejando afuera a las provincias. Del mismo modo, excluye a las provincias de las realización del inventario de los glaciares que estará a cargo de la Nación y el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA)”.