Rentas modificó el régimen de liquidación de ingresos brutos

Los contribuyentes deberán pagar el tributo a través de la modalidad de prefacturación o por medio del sistema informático ADIB. La medida busca mejorar el control y hacer más eficiente la recaudación.

Pre-facturación y un modo informático son las nuevas formas de pago. Foto: Nacho Gaffuri / MDZ
Pre-facturación y un modo informático son las nuevas formas de pago. Foto: Nacho Gaffuri / MDZ

La Dirección General de Rentas informó que a partir de la sanción de la Ley Impositiva  para el año 2009, la liquidación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes locales se efectuará en dos modalidades diferentes.


Los contribuyentes deberán efectuar la liquidación a través del nuevo modo de pre-facturación o por medio del sistema informático denominado Aplicativo Domiciliario de Ingresos Brutos de la provincia de Mendoza (ADIB).


La directora de Rentas, Alicia Chacón, señaló que “la modernización en los procesos de presentación y pago de los Ingresos Brutos permitirá ordenar toda la información del impuesto por código de actividad, eliminando la chequera de papel que se les enviaba anteriormente a los contribuyentes para que los completaran ellos mismos. Esto apunta a hacer más eficiente la recaudación y a facilitar los controles cruzados con AFIP y Rentas de otras provincias, subsanando los niveles de evasión y morosidad en la provincia”.


Chacón informó que “el procedimiento para el pago por Internet puede bajarse de la página web del organismo (www.rentas.mendoza.gov.ar) y que, por otra parte, personal de Rentas está abocado al asesoramiento de todos los pequeños contribuyentes para que conozcan el sistema de pago y puedan liquidar el tributo sin inconvenientes”.


La funcionaria explicó que “el cambio efectuado no implicará ninguna modificación de aumento en las alícuotas debido a que es una de las pautas centrales de estabilidad fiscal que se fijó en la ley impositiva para el 2009”.


Por último, destacó que se ha destinado personal exclusivamente a asesorar a los contribuyentes para que conozcan los nuevos cambios. Para ello, se ha dispuesto personal tanto en la sede central de Rentas de la Casa de Gobierno, como en las delegaciones del interior, así como en los colegios de Abogados y Notarial y en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.


Sistema de Régimen de Prefacturado


En el  régimen de Prefacturado, los contribuyentes recibirán en su domicilio un boleto con once anticipos fijos de igual importe, según la categoría asignada, que deberán pagar al vencimiento indicado en cada uno de ellos.


En diciembre de 2009 deberán presentar además la Declaración Jurada Anual,  en la que podrá consignar los ajustes del impuesto y deducir las retenciones y percepciones que le hubieren efectuado durante el ejercicio 2009.


Conforme con los datos de los archivos informáticos de Rentas, comparados con el  padrón de monotributistas de AFIP, se establecieron las siguientes categorías de prefacturado:




Régimen de pago por sistema Informático ADIB


En el pago a través del sistema ADIB, el resto de los responsables y contribuyentes deberán confeccionar y/o pagar sus declaraciones juradas mensuales y anual e ingresar el tributo por medio del  Aplicativo Domiciliario de Ingresos Brutos de la Provincia de Mendoza (ADIB), a través de la plataforma informática SIAP de la AFIP, ubicadas en las entidades habilitadas.


El trámite se realiza mediante un diskette de 3 ½ pulgadas HD, rotulado con apellido y nombre, denominación o razón social, clave única de Identificación tributaria (CUIT), nombre del impuesto y período fiscal, acompañado por el formulario de Declaración Jurada correspondiente por duplicado.


El dispositivo de captura procede a la lectura, validación y grabación de la información contenida en el o los archivos magnéticos y verificará si responde con los datos contenidos en el formulario de Declaración Jurada que se acompañe. En el supuesto de generarse errores, inconsistencias, utilización de un proceso diferente al provisto por Rentas o presencia de archivos dañados, la presentación será rechazada. En el caso de que sea aceptada, se entregará al contribuyente el duplicado del formulario de declaración jurada, debidamente intervenido o ticket pertinente, que acredite el cumplimiento de la obligación.


También podrá efectuarse la presentación de las declaraciones juradas mensuales sin determinación de saldo a pagar o sólo presentación, vía Internet en la página www.afip.gov.ar, utilizando la clave fiscal obtenida conforme a las normas dictadas por la administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)


Para realizar consultas y trámites, los contribuyentes pueden comunicarse al Call Center de Rentas, 0800-666-7626 o ingresar en el sitio www.rentas.mendoza.gov.ar.