En este caso, la de los abogados del Banco Nación que buscan quedarse con las fincas o los campos de los productores.
Refinanciar o llegar un arreglo con el Banco de la Nación Argentina implica necesariamente una impronta burocrática que puede terminar con la vida del productor, o bien, hacer que éste se declare vencido para siempre. Si pasa esta barrera, al productor le queda la frase final del gerente de la sucursal: “no puede cerrar dicha solución si no arregla los honorarios de los muchachos” (en referencia a los abogados).
Como abajo describimos y, en caso de que la finca o el campo tenga un buen valor inmobiliario, el productor no es más dueño de su propiedad y lo último que verá será a los mercaderes que se llevan, en subasta y a precios viles, la propiedad que fue siempre una herramienta para generar riqueza y que ahora pasará a ser un lugar de fin de semana. Es decir, el cambio generacional productivo no se produce, se resiente el tejido social que sostenía y los nuevos dueños lo venderán a precios reales. Es así como desaparecieron los productores que creyeron en una economía sustentable hasta que, cuatro años más tarde, cambia el gobierno y cambian las reglas.
Esta historia tuvo una bisagra que es el fallo que comentamos más adelante. Esto es aire fresco para la producción y una sana esperanza que nació con el compromiso de que nunca abandonamos a quien defendemos. (Confederaciones Rurales Argentinas denunció dichas irregularidades frente a las autoridades del Banco Nación).
Es por eso que le pedimos al Señor Gobernador de la Provincia de Mendoza que solicite la exclusión de todos los abogados que han intervenido en la problemática de los productores, como así también, que diseñe una refinanciación para los 278 productores que quedan como rehenes de estos “muchachos” que no pierden esa maldita costumbre. Y ahora la historia:
La Cámara Federal confirmó los procesamientos que dictara el juez federal Walter Bento contra los funcionarios del Banco de la Nación en Mendoza. Estos son: el abogado Emilio Galeano y los contadores Luis Hernando Riveros y Hugo Tillar; este último, un cómplice necesario. La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza les rechazó el recurso de inconstitucionalidad por el cual pretendían hacerse de la Estancia San Antonio mediante un remate de dudosa legitimidad.
El juez federal Walter Bento había dictado el procesamiento de Galeano y de Riveros –gerente del área comercial de la Gerencia Zonal Este Mendoza del Banco de la Nación Argentina– por incumplimiento de los deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de funcionario público. Dicho procesamiento fue confirmado por la Cámara Federal.
Galeano y Riveros habrían adquirido en $100.000 –a través de un tercero (el contador Hugo Tillar)- en subasta pública un inmueble de 5.000 hectáreas en Tunuyán, cuyo valor real es de $7 millones. El bien fue rematado por el Banco de Galicia contra Gabriel y Manuel Cánovas, quienes perdieron la propiedad por una ejecución hipotecaria sobre la que se trabó un embargo del Banco de la Nación Argentina en resguardo de sus acreencias. Al ser Galeano y Riveros funcionarios del Banco Nación, les estaba prohibido interesarse por asuntos de éste. La tercera persona a través de quien habrían adquirido la propiedad es el contador Hugo Tillar, también imputado por la Justicia.
En la subasta se cometió una serie de irregularidades que perjudicarían de modo evidente y ostensible los intereses de los propietarios y del Banco Nación, por cuanto ese inmueble resultaba ser el único activo de valor que garantizaba un crédito otorgado por el banco a los propietarios del predio. El 14 de febrero de 2001 se llevó a cabo el remate del 50% indiviso de un inmueble rural denominado Estancia Los Chacayes, ubicado camino al Manzano, sobre el cual pesaba un embargo a favor del Banco Nación por la suma de $ 21.000.
Además está probado que los dos procesados integraban la sociedad Los Chacayes SA, que es la adquirente de la subasta del campo que fuera rematado en 2001, ya que Tillar, al resultar beneficiario del remate, denunció que adquiría el bien en comisión (en los autos Nº37.231 caratulados “Banco Galicia y Buenos Aires c/Gabriel Cánovas e Hijos SAIA y otros en juicio 35.537 Gabriel Cánovas por concurso preventivo de ejecución hipotecaria”).
Concretamente, Tillar denunció que compró el inmueble por cuenta y orden de terceros. Y lo hizo sin indicar en el acta el nombre de su o sus mandantes y el hecho de que el día del remate se encontraba en el lugar el propio Galeano, quien habría ingresado reiteradamente a la Secretaría del tribunal reclamando la urgente realización de la subasta. Galeano justificó su presencia en el remate argumentando que conocía el campo desde su niñez y había pasado vacaciones en él. Pero lo que resulta más llamativo de su versión –según los considerandos del magistrado– es que dice que supo del remate por la publicación de éste en un diario local y, sin embargo, a pesar de que reconoce haber visto el edicto, afirma que no sabía que el Banco Nación tenía un embargo a su favor trabado sobre el inmueble a subastar. “Por obvio que resulte, debemos resaltar que los gravámenes que posee un bien que sale a remate figuran en el edicto que se publica en el diario”, finaliza Bento.
El martes 21 de octubre, el asunto fue sentenciado por la Suprema Corte, en un fallo del Dr. Alejandro Pérez Hualde, que rechaza la pretensión de los procesados que a pesar de la causa penal, seguían intentando hacerse del campo. El fallo destaca la vileza del precio pagado y llama la atención de la falta de recaudos cometidos por el Juez de Primera Instancia. El caso muy debatido en la Provincia parece finalizar lográndose hacer justicia frente al abuso de los “del club” de abogados compradores en remate.
(*) El autor es presidente de la Sociedad Rural del Valle de Uco y delegado de Confederaciones Rurales Argentinas (CRA).
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