La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la posibilidad del pago con efectivo en la cancelación de obligaciones impositivas y recursos de la seguridad social, a partir de hoy. Ahora, los pagos deberán realizarse únicamente de manera electrónica, bajo distintas modalidades que el contribuyente podrá elegir.
Para el pago del Impuesto a las Ganancias de personas físicas y Bienes Personales, en concepto de anticipos, además de Autónomos categoría II y II', se podrán abonar con un volante electrónico de pago (VEP) sólo para Internet, por débito automático con tarjeta de crédito, débito en cuenta con cajero automático, débito directo en cuenta bancaria, pago con tarjeta de débito en entidades habilitadas y pago electrónico con tarjeta de crédito, según publicó La Nación.
En cambio, para pagos de hasta $10 por cualquier concepto, incluyendo Impuesto al Valor Agregado (IVA), seguridad social de los empleadores -excepto en el ámbito de las casas particulares- y Ganancias de personas físicas y Bienes Personales -declaraciones juradas -, se aceptará el VEP común.
Según la AFIP, también será posible realizar pagos por depósito bancario -siempre en pesos-, ya sea mediante débito en cuenta, cheque común -emitido por el titular a la orden del banco-, entidades habilitadas, cheque de pago financiero y cheque cancelatorio.
La obligación de usar medios electrónicos de pago fue anunciada en el Boletín Oficial el 29 de junio pasado. La AFIP implementó en mayo un régimen similarpara los monotributistas en las categorías D y E, que también alcanzará a las categorías A, B y C en noviembre.