El ministro de Agroindustria, Ricardo Buryaile, aseguró que "la factura bimestral de energía eléctrica" que recibió por el consumo en un departamento donde vive en Capital Federal "es de 38 pesos" y se mostró molesto "porque de esta manera no mostramos una Argentina solidaria", al referirse al "inevitable cuadro tarifario". Esto confirma el diagnóstico que deslizó el ministro Aranguren cuando rindió cuentas en el Congreso Nacional: "en estos últimos 12 años, la Argentina pasó de tener energía abundante, nacional y barata a tener energía escasa, importada y cara".
Y tras la decisión de la Corte Suprema de Justicia de no aplicar los aumentos dispuestos para los usuarios residenciales existe el peligro de que en lo que queda de este año y en los primeros meses del próximo la energía siga siendo para el país escasa, importada y cara. Esto es porque los aumentos del gas residencial podrían demorarse hasta marzo de 2017 por la Revisión Integral de Tarifas.
¿Qué es la Revisión Integral de Tarifas?
Es un mecanismo para determinar la tarifa de equilibrio, una instancia clave para que las empresas transportistas y distribuidoras de gas puedan aplicar los aumentos de precios para los usuarios residenciales.
Instrumentada el 1 de abril último por la resolución 31 del ministerio de Energía y Minería. Y el dato es que esta revisión podría concluir entre octubre y principios de marzo de 2017, según una consulta hecha por Infobae a empresas distribuidoras como Metrogas, Gas Natural y Camuzzi.
La última RTI se hizo en 2015.
¿Cuáles son los pasos? Así lo describe Infobae:
1) El ministerio de Energía y Minería instruye al Ente Nacional Regulador del Gas para que lleve adelante el procedimiento de Revisión Tarifaria Integral previsto en las Actas Acuerdo de Renegociación Contractual Integral, el que deberá concluirse en un plazo no mayor a UN (1) año desde la fecha de la presente medida que es el 1 de abril pasado.
2) En todos los casos, en el proceso de realización de la Revisión Tarifaria Integral deberá instrumentarse el mecanismo de audiencia pública que posibilite la participación ciudadana. Esta se concretará el 12 de setiembre próximo.
3) El Enargas deberá efectuar, sobre la base de la situación económico-financiera de las empresas licenciatarias y a cuenta de la Revisión Tarifaria Integral, una adecuación de las tarifas de transición vigentes de los Servicios Públicos de Transporte y Distribución de Gas Natural, en el marco de las Actas Acuerdo de Renegociación Contractual Integral y de los Acuerdos Transitorios suscriptos con las empresas licenciatarias.
4) Se obliga a las empresas licenciatarias de transporte y distribución a cumplir con la ejecución del plan de inversiones correspondiente al presente año, afrontar sus gastos de operación y mantenimiento, administración y comercialización, y dar cumplimiento a los vencimientos de las obligaciones contraídas hasta tanto se establezcan los cuadros tarifarios definitivos que resulten de la Revisión Tarifaria Integral.
5) El Enargas debe llevar a cabo las modificaciones y/o instrucciones necesarias para implementar el pago mensual de las facturas bimestrales del Servicio Público de Distribución de Gas Natural.
6) El Enargas debe fijar la tarifa de transición relacionada con el cumplimiento de un Plan de Inversiones Obligatorias para las empresas licenciatarias de los Servicios Públicos de Transporte y Distribución de Gas Natural y debe establecer sus condiciones de implementación y el régimen sancionatorio aplicable ante eventuales incumplimientos, con lo que finaliza el proceso.
De este modo, como lo establece el paso 1, este procedimiento puede concluir en abril del próximo año y algunas empresas distribuidoras no descartan que se llegue a ese término.
De concretarse sería quizás la primera vez en muchos años en que la tarifa del gas no aumentará. De ser así, seguramente 2016 no será recordado por el tarifazo, sino por todo lo contrario.
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