Mediante el decreto 467/14 se reglamentaron algunos puntos de la Ley 26.844 sobre el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares que fue promulgada hace un año. Los empleadores de servicio doméstico deberán cumplir con una ART y una cuenta sueldo.
La obligación, quedó plasmada en el Boletín Oficial, e implicará la contratación de una ART para cubrir los riesgos de trabajo del personal doméstico y la obligación de pagar los haberes a través de una cuenta bancaria.
Como dejó entrever diario La Nación, la disposición es positiva porque no sólo empleadores y empleados estarán protegidos; sin embargo, la legislación aún cuenta con ciertos baches de implementación sumado a los costos que deberá abonar quien contrate ese servicio.
A propósito, como dato gráfico y según informó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) durante el tratamiento del proyecto de esta ley en el Congreso, se perdieron 30.000 puestos de trabajo en blanco en el sector del servicio doméstico.
La razón de tales despidos en masa fueron los costos elevados de las cargas sociales que muchas casas particulares no pudieron afrontar. De hecho, casi la mitad del millón de empleadas domésticas que trabajan en la actualidad no están registradas.
"Esto implicó un cambio importante con respecto al régimen anterior, que establecía que no estaban comprendidos por el estatuto de servicio doméstico quienes prestaban servicios por un tiempo inferior a un mes, trabajaran menos de cuatro horas por día o menos de cuatro días a la semana", aclaran Esteban Sojo y Federico Ballotta Urruty, del estudio M&A Abogados.
En esa línea, la obligación de contratar una ART para cubrir los riesgos laborales de estos empleados es un aspecto clave, pero aún oscuro de la nueva reglamentación, como detalló el matutino porteño.
El decreto conocido ayer ratifica que el personal de servicio doméstico deberá contar con la cobertura de una aseguradora de riesgos del trabajo.
"Pero aclara que la obligación de contratar una ART no entrará en vigor hasta tanto la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, la Superintendencia de Seguros de la Nación y la AFIP dicten la normativa necesaria", aclararon Sojo y Ballotta Urruty.
"Frente a este vacío legal, entendemos que es conveniente contar con un seguro de riesgos personales que cubra al empleador de las contingencias que pudiera sufrir su empleada doméstica en el ámbito de trabajo", recomiendan.
Exigen ART y cuenta sueldo para el servicio doméstico
Así lo dispuso el Gobierno de la Nación a través del decreto 467/14 que reglamenta algunos puntos de la Ley 26.844 sobre el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares sancionada en 2.013.