Quedó oficializada hoy la nueva Ley Impositiva 8.633 mediante la publicación en el boletín oficial. De esta manera rigen los cambios en impuestos y tasas, ingresos brutos, entre otros.
En este régimen quedan contemplados los cambios en el impuesto inmobiliario, sobre los ingresos brutos, automotores y a los sellos.
En tanto, también queda en plena vigencia las modificaciones en el tributo que deben pagar quienes administran juegos de azar autorizados en la provincia.
Además, en la misma publicación quedó definida por actividad económica los ingresos brutos a pagar. De esta forma, la explotación metalífera y minera tendrá una alícuota general de 5%, mientras que en el caso de la industria manufacturera es de un 3%, por ejemplo.
Para el caso de los automotores quedó estipulada la tabla de valores según la marca de vehículo y el año para la ejecución del impuesto por parte de la Administración Tributaria.
En la misma publicación hay una descripción completa de la tasas por la prestación de servicios administrativos que brindan las distintas reparticiones de la provincia.