La resolución 3550 que se dio a conocer hoy a través del Boletín oficial, es una medida clara para desincentivar al turismo a viajar al exterior. Lo mismo que sucedió en marzo de este año cuando el gobierno estableció el 20% de impuesto por compras en el exterior; esta vez fue un poco más allá y elevó el porcentaje a un 15%, posicionando el impuesto en un 35% para compras con tarjetas en otros países y valuando la moneda extrajera en $8,31.
La AFIP elevó de 15% a 20% la retención para los consumos con tarjetas de crédito y débito efectuados en el exterior. Pero ahora agregó el recargo a la compra de paquetes turísticos, pasajes y otros servicios vinculados realizados en el país.
En medio de la polémica por la variación del valor del dólar surgen muchas preguntas, sobre todos para los turistas inexpertos que por primera vez pretenden salir del país o que han contratado desde hace tiempo un paquete de viajes y no saben con que es con lo que se están encontrando hoy.
Lo que varía a partir de la implementación de la resolución General 3550 de la AFIP, es el impuesto implementado por el Gobierno para compras en el exterior, que se elevó del 20% al 35%, la percepción cobro como adelanto el impuesto a las Ganancias y Bienes Personales en los consumos con tarjetas de crédito y débito efectuados en el exterior del país.
La medida, también se extiende a la compra de paquetes turísticos, pasajes y otros servicios vinculados, como el pago de hoteles.
En tanto, según la normativa las operaciones llevan el recargo del 35%, son:
· Todas las compras con tarjetas de crédito y débito realizadas en el exterior.
· Todas las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales mediante la utilización de Internet en moneda extranjera.
· Todas las operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo, ya sean mayoristas y minoristas del país con cualquier medido de pago incluso en efectivo.
· Todas las operaciones de adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país que se paguen por cualquier medio, incluso también incluye efectivo tendrán el aumento.
· La medida también se extiende para la adquisición de bienes, prestaciones y adelantos en efectivo realizados en el exterior en moneda extranjera por sujetos residentes en el país.
Compras en cuotas
La resolución es amplia y abarca compras en comercios del exterior, el 35% se paga como se hacía hasta ahora con 20%, con el resumen de la tarjeta de crédito, o el día de la compra con tarjeta de débito. Pero para la compra de pasajes o paquetes turísticos en comercios locales que antes no estaban alcanzados, se puede pagar en cuotas. En ese caso, se paga el 35% del total de la compra en el primer resumen.
Retención y aumento de la moneda
Con el tipo de cambio oficial del $6,13, quienes no pidan la devolución del 35%, deberán contemplar un tipo de cambio en efectivo a $ 8,31, aún por debajo del dólar paralelo o blue – aunque este pone más trabas para su adquisición-.
De esta, manera la reciente medida que ha generado ciento de polémicas se otorga un plazo especial, hasta el día 9 de diciembre próximo, para que las entidades autorizadas a operar en cambios por el Banco Central adecuen sus sistemas internos, a efectos de cumplir con lo dispuesto en esta resolución.
Ricardo Echegaray, titular de la Afip, en la resolución describe que "decisiones de política económica tornan aconsejable extender la utilización de esa herramienta fiscal a la venta de moneda extranjera para gastos de turismo y viajes".