A partir del 1 de octubre, los empleados en relación de dependencia que paguen Ganancias y hayan realizado consumos con tarjeta de crédito en el exterior durante este mes podrán pedir a la empresa donde trabajan que les devuelvan el importe del impuesto. La devolución será para los trabajadores en relación de dependencia que pagan Ganancias. Al final de cada mes, podrán acercarle a su empleador el resumen de la tarjeta donde figuren los gastos para que lo descuenten del impuesto, destaca en su edición de hoy el diario El Cronista.com
Los únicos que recibirían al final de cada año calendario la devolución del recargo del 15 por ciento por realizar compras en el exterior son los que pagan Bienes Personales, debido a que ese impuesto se liquida anualmente. En este caso, los principales afectados son los monotributistas, informa hoy el portal Infobae.com
¿Cómo deben proceder? En primer lugar, deben esperar que les llegue el resumen del banco con los gastos realizados con el plástico. Ahí figurará un recargo del 15% por todos los consumos que se hayan efectuado en el extranjero. Este extracto bancario deberá presentarse al área de Recursos Humanos de la compañía.
Cabe recordar que pagan Ganancias los empleados en relación de dependencia que tienen un sueldo neto desde $ 5.782 en el caso de los solteros y $ 7.998 para los casados con dos hijos. Para tener una noción, un soltero con un sueldo bruto de $ 10.000 paga $ 800 de Ganancias por mes.
Todo este dinero podrá ser consumido con el "tarjetazo" del 15% y luego descontado en forma directa por el empleador, de modo que el contribuyente no tenga que esperar hasta fin de año, y perder poder de ahorro por el efecto de la inflación. De todas formas, en la AFIP aseguran que el objetivo es ir mejorando los procedimientos para hacerlo en forma sistémica, de modo que el empleado no tenga que realizar ningún trámite.
Para aquellas personas que se desempeñan en forma independiente y figuran ante el fisco como responsables inscriptos, podrán descontarlo como anticipo de ganancias, sin tener que esperar hasta fin de año. Como son cinco los anticipos que se abonan anualmente, podrán descontarlo directamente en cada uno de los pagos. Por ende, si un contribuyente paga $ 2.000 de impuesto y tiene un crédito fiscal de $ 500, le restará abonar los $ 1.500 pendientes.
Fuente: El Cronista.com e Infobae.com