Las cotizaciones fijas del monotributo para el sistema previsional, el seguro de salud y las obras sociales aumentarán desde julio próximo hasta un 43 por ciento. Así lo dispuso una resolución de la AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial.
La resolución 3334 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada hoy en el Boletín Oficial, fijó el nuevo valor de las cuotas del monotributo. El aumento, de $77, no afectará a quienes tengan aparte una relación de dependencia.
La norma, firmada por Ricardo Echegaray, estableció las cotizaciones fijas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras Sociales.
La medida estableció las cotizaciones fijas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras Sociales.
En su primer artículo, la resolución fija el valor de la cotización fija con destino al SIPA en 157 pesos.
Por otra parte, la cotización para el Seguro de Salud y también para las obras sociales, quedará en 100 pesos cada una, desde el primero de julio.
La AFIP justificó el ajuste al señalar que "razones de administración tributaria y la necesidad de mantener el adecuado financiamiento de los distintos subsistemas de la seguridad social comprometidos, aconsejan incrementar el monto de las cotizaciones fijas".
El fin es "garantizar el goce de las prestaciones al creciente número de sujetos que acceden a ellas en razón de la política de inclusión social que lleva adelante el Gobierno Nacional", añadió el organismo.
La resolución lleva la firma del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.
Que dice el texto
Artículo 1° - Fíjase el valor de la cotización fija con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) previsto en el inciso a) del artículo 39 del Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias, texto sustituido por la Ley Nº 26.565, en la suma de pesos ciento cincuenta y siete ($ 157.-).
Art. 2° - Fíjase el valor de la cotización fija con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud previsto en el inciso b) del artículo 39 del Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias, texto sustituido por la Ley Nº 26.565, en la suma de pesos cien ($ 100.-).
Art. 3° - Fíjase el valor de la cotización fija con destino al Régimen Nacional de Obras Sociales previsto en el inciso c) del artículo 39 del Anexo de la Ley Nº 24.977, sus modificaciones y complementarias, texto sustituido por la Ley Nº 26.565, en la suma de pesos cien ($ 100.-).
"Las disposiciones que se establecen en esta resolución general resultarán de aplicación a partir del día 1 de julio de 2012, inclusive".
Fuente: NA y La Nación